La Justicia de San Francisco, en la provincia de Córdoba, dictó una condena en contra de un hombre que recibió por error una transferencia millonaria en su cuenta de Mercado Pago y no la devolvió, dejando en evidencia un caso de enriquecimiento indebido. El fallo fue emitido por el juez Civil de Primera Instancia, Carlos Ignacio Viramonte, quien además resolvió declarar al acusado en rebeldía, dado que este no se presentó a las audiencias ni ejerció su derecho a defensa durante el proceso judicial.
Según los registros del expediente, el error en la transferencia ocurrió en febrero de 2025. El denunciante relató que intentó enviar su salario desde su cuenta de ahorro en el Banco Macro a su propia cuenta del Banco BBVA. Sin embargo, al ingresar el alias en la aplicación, el sistema de autocompletado del celular desvió el dinero hacia una cuenta ajena, concretándose el envío de $1.796.000 a un tercero desconocido.
Al notar la equivocación, el afectado intentó comunicarse con el destinatario de los fondos sin éxito, lo que lo llevó a iniciar una demanda civil para recuperar el dinero. Durante todo el proceso judicial, el hombre que recibió el dinero se mantuvo ausente, no compareció a las audiencias y no presentó ningún tipo de descargo. Debido a esto, el juez Viramonte decidió declarar su rebeldía, recordando que la falta total de defensa genera, según el artículo 192 del Código Procesal, una presunción de veracidad sobre los hechos alegados por la parte demandante.
En su fallo, el magistrado subrayó que entre las partes no existía ningún tipo de vínculo contractual, comercial ni de otra naturaleza al momento de realizar la transferencia. Esto descartó cualquier relación de acreedor-deudor que pudiera justificar la tenencia del dinero por parte del acusado. En consecuencia, el juez concluyó que el hombre se había enriquecido de manera injusta a expensas del perjuicio económico sufrido por el denunciante, situación que sentó la base legal para la condena.
Finalmente, la sentencia ordenó al demandado la devolución del monto completo de $1.796.000, más los intereses correspondientes. Además, deberá hacerse cargo del pago de costas judiciales y de los honorarios del abogado del denunciante, fijados en $691.286, también con los intereses aplicables. Este fallo constituye un claro recordatorio de que apropiarse de fondos ajenos, incluso cuando la recepción fue accidental, puede derivar en sanciones legales y la obligación de restituir la totalidad del dinero, sumado a los gastos legales ocasionados.
