Luego de las modificaciones en el protocolo de aislamiento, el Gobierno Nacional aclaró en qué momento pueden volver a trabajar de forma presencial aquellas personas contagiadas con Covid-19 o que han sido contacto estrecho de un tercero infectado. El tiempo depende de la vacunación.
Según se publicó en el Boletín Oficial, a través de la Resolución 27/2022 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, la cartera tomó las recomendaciones elaboradas por el Ministerio de Salud en el actual contexto epidemiológico y resolvió que “los trabajadores y trabajadoras que tengan diagnóstico de COVID-19 que no hayan requerido internación, podrán reincorporarse a sus actividades sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta”, en las siguientes circunstancias:
En el caso de los contactos estrechos asintomáticos, el ministerio a cargo de Claudio Moroni, indicó que “podrán regresar a sus actividades laborales, cumpliendo de manera estricta con las medidas de cuidado (uso de barbijo, ventilación, distancia) y sin necesidad de presentar resultado de test negativo ni certificado de alta”, de acuerdo al siguiente detalle:
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