El viernes 15 de agosto fue establecido como día no laborable con motivo turístico. Según lo informado por SEOC, la decisión de trabajar o no ese día queda a criterio del empleador, y si se labora, se debe pagar como una jornada habitual.
Por otro lado, el domingo 17 de agosto, feriado nacional en conmemoración del paso a la Inmortalidad del General José de San Martín, es un día en el que no se trabaja, y los empleados no están obligados a prestar servicios. En caso de que trabajen, se les debe remunerar con el doble de su salario habitual.
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