En una sentencia emitida el miércoles 12 de junio, el tribunal confirmó la pretensión punitiva del Ministerio Público Fiscal, condenando a Edgardo Hernán Caro y María Carolina Graneros a la pena máxima: prisión perpetua. Ambos fueron hallados culpables como coautores del delito de homicidio doblemente agravado por alevosía y criminis causae.
La investigación estuvo a cargo de la Unidad Fiscal de Homicidios I, dirigida por Pedro Gallo, quien contó con el apoyo de la auxiliar de fiscal Julieta Molé y Juan Vilardi, del equipo de la UFI. Gallo expresó su conformidad con la decisión del tribunal, destacando el enfoque centrado en la perspectiva de niñez que habían solicitado. La complejidad de la investigación se debió a las maniobras realizadas por los imputados para ocultar el paradero de la niña.
Los hechos se remontan a marzo de 2021, cuando la víctima, una niña de cuatro años, vivía en el domicilio de pasaje Neuquén en la ciudad de Lules, bajo la custodia de Graneros y su pareja, Caro. Durante ese período, la niña sufrió maltratos crueles e inhumanos, incluyendo golpizas, humillaciones y privación de necesidades básicas. Además, el imputado Caro abusó sexualmente de ella en varias ocasiones.
El 30 de junio de 2021, la niña se encontraba en la cama de la habitación compartida por Caro y Graneros. Debido a los maltratos y el abuso sufridos, la niña se descompensó. Los imputados, actuando en conjunto, la llevaron en una motocicleta hasta un terreno en San Ramón, donde la arrojaron a un pozo cavado para letrina y la prendieron fuego, causándole la muerte de manera cruel e inhumana.
Graneros regresó a su domicilio en busca de ayuda para deshacerse de los restos de la niña, mientras que Caro se dirigió a su trabajo.
Este caso es sin duda uno de los más aberrantes y trágicos que se han visto en la jurisdicción. La justicia ha actuado con firmeza al imponer la pena de prisión perpetua a los responsables de estos actos atroces.
