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Juicio político: el destino de la jueza Carolina Ballesteros se decide mañana

Este jueves, el Jurado de Enjuiciamiento tendrá la responsabilidad de determinar si Carolina Ballesteros continuará desempeñándose como jueza en el Colegio de Jueces y Juezas del Centro Judicial Capital. La Secretaría del organismo notificó a las partes involucradas que la audiencia definitiva, en la cual se emitirá la resolución final, dará inicio a las 8 de la mañana. Dicho encuentro tendrá lugar en el auditorio ubicado en el tercer piso de la Legislatura y será transmitido en directo a través del canal oficial de la Cámara en la plataforma de YouTube.

La magistrada enfrenta tres imputaciones. Para que se concrete su remoción del cargo, el Tribunal solo necesita hallarla culpable de al menos una de las acusaciones, conforme a lo estipulado en la Constitución de Tucumán.

Integración del Jurado de Enjuiciamiento

El organismo encargado de tomar esta trascendental decisión está presidido por Eleonora Rodríguez Campos, vocal de la Corte Suprema de Tucumán. Además, el cuerpo está conformado por Javier Morof, representante del Poder Ejecutivo, y Silvia Peyracchia, quien representa al sector de los abogados. También lo integran los legisladores Jorge Leal (h), Tomás Cobos, Alberto Olea, Sara Lazarte y Rolando Alfaro.

Procedimiento del juicio político

De acuerdo con lo estipulado en el inciso 10 del Artículo 124 de la Constitución provincial, la votación final debe realizarse de manera nominal sobre cada una de las acusaciones, respondiendo los miembros del Jurado a la pregunta formulada por la presidencia del Tribunal: “¿Es el acusado culpable o no culpable del crimen, delito o falta que se le hace cargo en el artículo … de la acusación?”. Cada integrante del cuerpo deberá responder “es culpable” o “no es culpable”, en base a su criterio jurídico y las pruebas presentadas.

Por otra parte, el Artículo 130 de la Constitución de Tucumán establece que un acusado solo puede ser declarado culpable si al menos dos tercios de los miembros del Jurado de Enjuiciamiento votan en su contra, lo que equivale a seis de los ocho integrantes. En caso de alcanzar la cantidad de votos requerida, la consecuencia inmediata es la destitución del acusado. Además, si el fallo así lo dispone, la persona removida podría ser declarada inelegible para ocupar cualquier otro cargo público, ya sea honorífico o remunerado en la Provincia. No obstante, esta decisión no exime al acusado de eventuales responsabilidades penales o civiles, las cuales deberán ser dirimidas en la justicia ordinaria.

Cabe resaltar que la sentencia dictada por el Jurado de Enjuiciamiento es de carácter definitivo, sin posibilidad de apelación ni revisión por parte del Poder Judicial. Asimismo, si el Tribunal considera que la falta imputada solo merece una sanción disciplinaria, tiene la facultad de absolver al acusado y remitir el caso a la Corte Suprema de Justicia para que imponga la sanción administrativa correspondiente.

Complementariamente, el Artículo 37 de la Ley N°8.734, que regula el procedimiento de destitución de magistrados, establece que si no se alcanza el número de votos necesarios para una condena, el acusado será absuelto. En tal caso, si la persona procesada hubiera sido suspendida durante el desarrollo del juicio, deberá ser reincorporada de inmediato a sus funciones. En cambio, si la votación arroja un resultado favorable a la destitución, el Jurado de Enjuiciamiento dispondrá de un plazo máximo de siete días corridos para redactar y emitir la sentencia correspondiente.

Acusaciones contra la jueza Ballesteros

Las imputaciones que pesan sobre la magistrada se basan en el supuesto incumplimiento injustificado de sus deberes como jueza, lo que contraviene el Artículo 129 de la Constitución de Tucumán y el Artículo 28 de la Ley N°8.734. Además, se le atribuye la reiteración de irregularidades en el ejercicio de sus funciones, conforme a lo establecido en el inciso 5 del Artículo 19 de la mencionada normativa.

Durante el desarrollo del proceso, más de 50 testigos han prestado declaración, ya sea de manera presencial o por escrito, en relación con las tres acusaciones formuladas en su contra. Entre los hechos cuestionados se destaca la supuesta alteración de la esencia de un proceso judicial en el que su padre resultó víctima, ocurrido en 2022. Asimismo, se la señala por haberse extralimitado en sus funciones jurisdiccionales al emitir comentarios y expresiones despectivas hacia integrantes del Ministerio Público de la Defensa (MPD) y el Ministerio Público Fiscal (MPF) en 2023. Finalmente, se le imputa haber incurrido en malos tratos hacia el personal del Juzgado Penal de la V Nominación, en un episodio registrado en 2019.

Impulsores del proceso de destitución

El pedido formal de destitución de Carolina Ballesteros fue presentado por el abogado Mario Leiva Haro. Posteriormente, la solicitud fue tramitada por la Comisión de Juicio Político de la Legislatura, encargada de llevar adelante el proceso en el ámbito legislativo. Dicha comisión está integrada por los legisladores Sergio Mansilla (presidente), Mario Leito, Rodolfo Ocaranza, Claudio Viña, Aldo Salomón, Francisco Serra, Eduardo Verón Guerra, Tulio Caponio, Paula Galván, Leopoldo Rodríguez, Sara Assan y José Orellana.

El fallo del Jurado de Enjuiciamiento determinará si Ballesteros será removida de su cargo o si, por el contrario, continuará ejerciendo su función dentro del Poder Judicial de Tucumán. La decisión final, que será adoptada este jueves, tendrá implicancias significativas tanto para la magistrada como para el sistema judicial de la provincia.

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