El Juez Civil y Comercial Común de Feria, Pedro Esteban Yane Mana, resolvió favorablemente a favor de una acción de amparo presentada contra la Empresa de Distribución Eléctrica de Tucumán (EDET). La acción fue impulsada por la doctora Patricia Neme, quien actúa en representación del diputado nacional Carlos Cisneros y de la Asociación Civil Red de Defensa de Usuarios y Consumidores (REDECU). El objetivo principal de la demanda era que se ordenara a EDET cumplir con las pautas de segmentación tarifaria dispuestas por la Secretaría de Energía de la Nación, corregir los errores en la segmentación de tarifas y compensar a los usuarios afectados a través de ajustes en futuras facturas, por los pagos en exceso que realizaron.

Además, en la solicitud, Neme y Cisneros pidieron una medida cautelar que instaba al Ente Regulador de Servicios Públicos de Tucumán (ERSEPT) a tramitar con urgencia los reclamos individuales presentados ante ese organismo. También se solicitó que se emitieran resoluciones en un plazo no superior a 15 días, en aquellos casos donde se comprobara el incumplimiento de la segmentación tarifaria por parte de EDET. Esta petición fue también admitida por el juez Yane Mana.

La causa judicial fue presentada debido a la falta de cumplimiento de EDET con la segmentación tarifaria impuesta por la Secretaría de Energía de la Nación. Los demandantes argumentan que muchos usuarios, incluidos jubilados que deberían acceder a subsidios, fueron mal categorizados en el nivel de “Ingresos Altos” (N1), lo que les hizo perder los beneficios que les correspondían. En un caso relacionado, la doctora Neme también patrocinó a una jubilada de 78 años que presentó una denuncia penal contra EDET por defraudación, acusando a la empresa de facturarle de manera incorrecta, colocándola en el grupo de “altos ingresos” cuando en realidad la Secretaría de Energía de la Nación la había clasificado como parte de “bajos ingresos”.

En el juicio civil, el juez Yane Mana comprobó que la empresa EDET facturó erróneamente a la jubilada, ubicándola en la categoría equivocada, algo que quedó debidamente acreditado. Además, el juez dispuso una multa de $50.000 diarios a cargo del representante legal del ERSEPT por cada día que se retrase la emisión de resoluciones correspondientes, en aquellos casos en los que se evidencie que se produjeron facturaciones y cobros indebidos que no se ajustan a la segmentación tarifaria establecida por el Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE) de la Secretaría de Energía de la Nación./Fuente:Contexto

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