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La justicia federal de Tucumán dictó un fallo histórico que obliga a restablecer las pensiones por discapacidad que habían sido suspendidas

La Justicia Federal de Tucumán emitió un fallo considerado histórico en favor de los derechos de las personas con discapacidad, al ordenar la restitución inmediata de las pensiones no contributivas que habían sido suspendidas en la provincia.

El juez José Manuel Díaz Vélez sostuvo que los recortes implementados por la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis) constituían un retroceso en materia de derechos fundamentales, generando “un perjuicio indudable” para un colectivo en situación de extrema vulnerabilidad.

Esta decisión respondió a una medida cautelar presentada por el Defensor del Pueblo de Tucumán, Eduardo Cobos, junto con la Federación Regional de Ayuda Social al Insuficiente Mental (Frasim), con el objetivo de frenar la suspensión masiva de pensiones por invalidez laboral que la Andis venía ejecutando desde mediados de 2024.

El fallo ordena dejar sin efecto esas suspensiones, reanudar de inmediato los pagos, restituir la cobertura de salud y liberar los fondos retenidos en los bancos. Díaz Vélez fundamentó su resolución en la verosimilitud del derecho y el peligro que implicaba la demora, advirtiendo que la interrupción de beneficios de carácter alimentario podía ocasionar “un daño irreparable” a los beneficiarios.

El magistrado cuestionó además el Decreto 843/2024 del Poder Ejecutivo, señalando que “desnaturaliza la finalidad solidaria y protectoria de la prestación” y constituye un acto regresivo contrario a los principios de justicia social, igualdad y no discriminación. También criticó la forma en que se aplicaron las suspensiones, mencionando notificaciones defectuosas, auditorías médicas irregulares y la falta de instancias de defensa para quienes se vieron afectados. Según el juez, estas irregularidades “colocan a los beneficiarios en una situación de extrema vulnerabilidad, afectando su nivel de vida y conculcando derechos humanos esenciales vinculados a la subsistencia”.

En su fallo, Díaz Vélez recordó jurisprudencia de la Corte Suprema, como el caso “Halabi”, y destacó que la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, con jerarquía constitucional en Argentina, obliga al Estado a garantizar inclusión y apoyos adecuados, sin recurrir a medidas administrativas que dejen sin sustento a miles de personas y familias.

Este pronunciamiento se produce en un contexto de creciente conflictividad a nivel nacional: desde 2024, miles de beneficiarios en distintas provincias sufrieron suspensiones similares, generando una ola de amparos colectivos. En Tucumán, la Defensoría del Pueblo había advertido sobre la vulneración del derecho de defensa y la falta de respuesta a los reclamos administrativos.

Si bien la sentencia no resuelve de manera definitiva el conflicto, asegura provisionalmente la continuidad de un derecho vital para un sector altamente vulnerable. Como señaló el juez, el desafío real es que estas garantías no dependan de intervenciones excepcionales de la Justicia, sino de políticas públicas permanentes que respeten la dignidad de las personas con discapacidad.

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