Hay dos caminos a seguir para resolver este inconveniente. Por un lado, se puede contactar a la Mesa de Ayuda del Censo a través de la línea 0800-345-2022, que es gratuita.
La otra alternativa consiste en enviar un mail a censo@indec.gob.ar y poner el asunto “No fui censado/a”. En este correo electrónico se debe incluir la información que se detalla a continuación:
De todos modos, para subsanar posibles errores u omisiones, desde el Indec, contaron a este medio cómo será el proceso de revisión que se utilizará en aquellos lugares donde hoy no se haya podido realizar el relevamiento: “Hay una semana de supervisión, que es la semana que viene. Se analizan los datos de los hogares que no fueron censados por diversos motivos y se los recupera”. De esta manera, se procederá a visitar nuevamente aquellos sitios que no fueron cubiertos este miércoles.
El titular del Indec, Marco Lavagna, anunció el cierre del Censo minutos después de las 18.30, y destacó: “Fue un operativo muy normal. No tuvimos grandes inconvenientes, sino temas muy puntuales que se pudieron ir solucionando”.
Además, el funcionario advirtió que “es posible” que aún haya censistas en la calle “que pasen por alguna vivienda”. En ese sentido, respecto a los domicilios a los que aún no ha ido ningún representante del Indec, dijo: “Sabemos que hay zonas donde todavía tenemos viviendas sin censar. Piensen que son 17 millones de viviendas para 650 mil censistas que estaban en la calle, siempre puede pasar que quede algo”.
A su vez, es importante recordar que atender al censista y contestar la totalidad de las preguntas del cuestionario con información verídica es una obligación por ley. Este deber cívico está consagrado por la ley 17.622, que establece que la pena para esta falta consiste de una multa económica cuyos montos se actualizan semestralmente.
La última actualización fue publicada el 22 de febrero de este año en el Boletín Oficial bajo la firma del director del Indec, Marco Lavagna. En ese documento, se estipula una multa mínima de $1.076,36 para los que no respondan o mientan en el censo, mientras que la penalidad máxima puede alcanzar los $106.799,35.
“Incurrirán en infracción y serán pasibles de multas quienes no suministren en término, falseen o produzcan con omisión maliciosa las informaciones necesarias para las estadísticas y los censos a cargo del Sistema Estadístico Nacional”, se lee en el artículo 15 de esta legislación, sancionada en 1968 y en la que estableció la creación del Indec.
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