El gobernador Osvaldo Jaldo ha decidido modificar el decreto 1290/1, que fue emitido para implementar medidas en respuesta a las peleas callejeras protagonizadas por estudiantes que generaron conmoción en la provincia. El nuevo decreto, numerado como 1.533/1, ha sido publicado en la edición de hoy del Boletín Oficial de la Provincia e introduce cambios en los tres artículos principales de la normativa.

En los considerandos, el gobernador destacó que el decreto 1290/1 se enfocó en acciones dirigidas a la «prevención, disuasión e intervención frente a los graves hechos de agresiones y alteración del orden público entre jóvenes alumnos de distintos establecimientos educativos de la Provincia». Consideró que estas medidas «han sido eficaces para preservar y resguardar la seguridad pública», así como para «evitar el peligro de muerte o lesiones entre los participantes y otras personas». Además, señaló que, a dos semanas de la entrada en vigencia del texto, «se considera necesaria su adecuación a la actual situación».

El decreto 1.533/1 fue firmado también por los ministros Eugenio Agüero Gamboa (Seguridad) y Susana Montaldo (Educación). Respecto a los cambios, el artículo 1° del decreto anterior instruía a la Policía de Tucumán «a adoptar las medidas preventivas de seguridad que fueren necesarias» ante las peleas callejeras, «con facultades para aprehender a los partícipes, instigadores y promotores de la perturbación del orden público y ponerlos a disposición del Poder Judicial». El nuevo texto modifica la expresión «aprehender» por «trasladar».

El artículo 2° del decreto original instaba a «los establecimientos educativos -de gestión pública y gestión privada- a los que pertenezcan los alumnos involucrados a adoptar las medidas disciplinarias de expulsión, pudiendo la Provincia de Tucumán, en caso de tratarse de instituciones que reciban subsidios y aportes del Estado, disponer la quita de los mismos». Además, se advertía que dichos alumnos «no podrán ser admitidos en ningún otro establecimiento durante el presente ciclo lectivo». El nuevo decreto renueva toda la redacción de este apartado e instruye a escuelas y colegios a «adoptar las medidas disciplinarias respecto a sus alumnos involucrados en los actos de vandalismo, agresiones o afectación del orden público». «En caso de resultar condenados en sede judicial, las sanciones podrán llegar a la expulsión», señala la norma vigente.

En cuanto al artículo 3° del decreto anterior, llamaba a padres y tutores de los alumnos «a involucrarse directamente en el asunto» de la violencia callejera; y advertía que el Poder Ejecutivo podía «adoptar sanciones disciplinarias en caso que resultaren agentes públicos provinciales, municipales y comunales; sin perjuicio de la responsabilidad civil que les corresponda». Ahora, este párrafo fue reescrito. «Los padres y/o tutores de alumnos que participen en actos de vandalismo y agresiones en la vía pública deberán responder ante las autoridades administrativas y judiciales que correspondan, sin perjuicio de su responsabilidad solidaria por los daños que ocasionen según lo dispuesto en el artículo 1.754 del Código Civil y Comercial de la Nación», señala el decreto vigente. La normativa de fondo a la que se alude establece que «los padres son solidariamente responsables por los daños causados por los hijos que se encuentran bajo su responsabilidad parental y que habitan con ellos, sin perjuicio de la responsabilidad personal y concurrente que pueda caber a los hijos».

Por último, el decreto 1.533/1 establece que su validez «regirá a partir de la fecha de su publicación», por lo que ya se encuentra operativo.

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