Se pueden regularizar las deudas vencidas y exigibles al 30 de noviembre de 2022.RE

La Dirección General de Rentas confirmó que, por decisión del Poder Ejecutivo Provincial, se prorrogó nuevamente el Plan de Facilidades de Pago hasta el 30 de abril, el cual comprende las deudas vencidas y exigibles al 30 de noviembre del año pasado. “Se modifican parámetros del plan respecto al mes anterior”, dijo el subdirector de Rentas, Juan Fernández.

En esa línea, el funcionario afirmó que incluye los impuestos sobre los Ingresos Brutos para la Salud Pública, Sellos, Inmobiliario, Automotores y Rodados, CISI – Comunas Rurales, Tasa al Uso Especial del Agua y la Tasa Retributiva de Servicios, intereses, recargos y multas.

“Todo el procedimiento se realiza a través de la página web del organismo, utilizando la clave fiscal otorgada por la AFIP”, afirmó Fernández.

Los beneficios del plan son la condonación del 100% de todos los intereses devengados al 31 de diciembre de 2019. Los intereses devengados a partir de esa fecha tienen una bonificación del 70% cuando el plan de facilidades de pago se hace de contado, un 60% si se hace un plan que no excede de noviembre de 2023 que viene y para el resto un 50%.

Las condiciones para acceder al plan, dijo Fernández, son tener cumplidas y abonadas las obligaciones que vencen a partir del 1 de diciembre de 2022. “En el caso de impuesto inmobiliarios y automotores son las cuotas 12 del año pasado y las cuotas de enero, febrero, marzo y abril de 2023. Y en el caso de los impuestos declarativos como ingresos brutos o salud pública, son los anticipos que corresponden al mes de noviembre y diciembre de 2022 y los anticipos de enero, febrero y marzo de este año”, contó y destacó que el primer pago parcial del plan vence el 15 de mayo de 2023.

A su turno, Felipe Carrizo del departamento Técnico Tributario de la Dirección General de Rentas, afirmó que el contribuyente puede utilizar cualquiera de las bocas de cobranzas habilitadas como Banco Macro, Caja Popular, Rapi Pago, Pago Fácil o a través de la página web del organismo usando los botones de pagos disponibles allí.

“Para los impuestos Inmobiliario y Automotores y Rodados se encuentra vigente la adhesión al sistema de débito automático utilizando la clave fiscal. El contribuyente hace un simple trámite en nuestra web, envía la documentación respectiva para que se pueda efectuar el cobro dentro de las cuentas del titular.

A partir del 1 de abril, Rentas lanzo para los contribuyentes de impuestos de ingresos brutos, locales, salud pública del Régimen de Convenio Multilateral y Local la presentación de la declaración jurada de esos impuestos a través de la página utilizando el servicio Siapre Web. «Es una ventaja por cuanto la presentación de la declaración jurada se podrá hacer accediendo directamente con la CUIT y clave fiscal», cerró.

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