El juez Juan María Ramos Padilla hizo públicos los fundamentos de la sentencia que condenó al ex gobernador José Alperovich a 16 años de prisión por la violación de su sobrina. Este fallo, resultado de un proceso meticuloso y exhaustivo, se apoya en un análisis detallado de cada aspecto del caso, el cual fue plasmado en un documento de 389 páginas. En este documento, Ramos Padilla se adentra en los testimonios, evalúa minuciosamente cada uno de ellos, y concluye, sin dejar lugar a dudas, que Alperovich fue el responsable de los nueve ataques sexuales que su sobrina, quien también fue su colaboradora, denunció haber sufrido entre diciembre de 2017 y marzo de 2018.
El juez destacó que “Alperovich le ofrecía protección (a la víctima), incluyendo a su propia familia, y hasta la bendición de su esposa. Pero al mismo tiempo la cosificaba, transformándola en un objeto de su pertenencia, útil para suministrarle placer”. Esta afirmación refleja la doble faceta de la relación que Alperovich mantenía con la víctima, en la cual alternaba entre ofrecerle apoyo y reducirla a un objeto de su propiedad.
Ramos Padilla subrayó la importancia de mantener un equilibrio entre la perspectiva de género, que está profundamente arraigada en la Constitución, y el principio de inocencia, también protegido por el artículo 18 de la Constitución Nacional. En la resolución comunicada al fiscal Sandro Abraldes, a los abogados de la querella Pablo Rovatti y Carolina Cymerman, y al defensor de Alperovich, Augusto Garrido, el juez explicó que los indicios presentados en el caso son “graves, precisos, concordantes y basados en hechos comprobados que, relacionados entre sí, nos llevan a un único resultado”.
El juez Ramos Padilla también destacó la fuerza probatoria del testimonio de la denunciante, afirmando que su relato fue corroborado por diversas pruebas directas, incluidas las pericias físicas y psicológicas, así como por otros testimonios que, por su contundencia y volumen, aportaron un sólido sustento probatorio. Según Ramos Padilla, “el testimonio principal de (la denunciante) fue corroborado por otras pruebas directas, como son las pericias físicas y psicológicas, y variados testimonios que le dan acabado sustento probatorio por su contundencia y volumen”.
Asimismo, Ramos Padilla abordó el papel de los testigos que, motivados por el miedo, conveniencia o parentesco, acudieron al juicio con la intención de favorecer a Alperovich. Sin embargo, el juez contrastó esta situación con los testimonios de cargo, es decir, aquellos que apoyaban la versión de la denunciante y que también provenían de personas cercanas a ella. La diferencia radica, según Ramos Padilla, en que los testimonios de estos últimos fueron corroborados entre sí y por la pericia psicológica de la licenciada Mónica Herrán, la cual fue valorada de manera extensa y detenida. En palabras del juez, “la diferencia está en que estos adquieren plena credibilidad a partir de la corroboración que recibieron entre sí desde distintos ámbitos, pero especialmente, el de la ciencia, a través de la pericia efectuada por la Licenciada (psicóloga Mónica) Herrán que fue extensa y detenidamente valorada”.
El magistrado también criticó a algunos testigos presentados por la defensa de Alperovich, señalando que, aunque llegaron al juicio con la intención de mentir, terminaron reforzando la acusación contra el ex gobernador. Estos testigos, que incluso fueron denunciados por falso testimonio, contribuyeron a corroborar los hechos denunciados por la sobrina de Alperovich. Ramos Padilla expresó que “se han valorado testigos que, incluso, fueron denunciados por falso testimonio. Ellos fueron ofrecidos por la defensa, y si bien vinieron a mentir, terminaron transformándose en elementos de cargo que no hacen otra cosa más que corroborar los hechos denunciados por M.F.L., del mismo modo en que ella lo anunciara al comienzo”.
La narrativa de la denunciante fue especialmente destacada por su precisión y falta de pretensiones espurias. Ramos Padilla resaltó que la denunciante ofreció un relato detallado de los hechos, sin aparentar buscar venganza o algún otro beneficio personal. Además, su esfuerzo por mantener el anonimato y evitar el impacto en la campaña electoral fue interpretado por el juez como una muestra adicional de su credibilidad. Ramos Padilla señaló que “ella realizó un relato pormenorizado, no solo al narrar los hechos y sus detalles, sino que apareció ajena a cualquier pretensión espuria de lograr un beneficio, una venganza o cualquier otro provecho. Se limitó a narrar minuciosamente nueve hechos, pero surgió con claridad durante el debate que fueron muchos más. Este es otro elemento que le ofreció gran credibilidad a sus manifestaciones”.
El juez también profundizó en el impacto emocional y psicológico que los abusos tuvieron en la víctima, destacando cómo se encontraba atrapada en una situación de cosificación y sometimiento, mientras que, en contraste, mostraba una gran competencia y eficacia en su entorno laboral. Ramos Padilla explicó que “quedó muy claro porqué (la denunciante), por un lado, se encontraba paralizada, sometida, cosificada, angustiada e intentaba mantener silencio por siempre, y, al mismo tiempo, se exhibía brillante y eficaz en su desempeño laboral”.
Finalmente, el juez analizó el abuso de poder y la explotación de la dependencia en que Alperovich sometió a la víctima, considerando estos factores como elementos cruciales en la comisión de los delitos. La influencia política, el poder económico y la personalidad dominante de Alperovich fueron elementos que, según el juez, permitieron que el ex gobernador actuara con impunidad, convirtiendo a su sobrina en un objeto a su disposición. Ramos Padilla concluyó afirmando que “aparecieron así los abusos de poder y el aprovechamiento de la situación de dependencia sólidamente comprobados. Por la trayectoria de quien fue 3 veces gobernador, senador nacional, un hombre con relaciones políticas, importante solvencia económica y una personalidad avasallante, a quien nadie le podía decir que no”. En este contexto, el juez reiteró que “Alperovich le ofrecía protección, incluyendo a su propia familia, y hasta la bendición de su esposa. Pero al mismo tiempo la cosificaba, transformándola en un objeto de su pertenencia, útil para suministrarle placer”.
