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Una sentencia ordena restituir y garantizar los derechos de una familia migrante en condiciones de extrema vulnerabilidad

Al intervenir ante una denuncia por violencia doméstica, una jueza del fuero de Familia se encontró con que el contexto de la mujer y sus hijos estaba atravesado por una vulnerabilidad extrema. A partir de esto, la Dra. Valeria Judith Brand, subrogante del Juzgado de Familia de la IVª nominación, ordenó que distintos organismos del Estado conformen una mesa de trabajo para actuar de forma integral y coordinada en la restitución de sus derechos fundamentales.

En el informe interdisciplinario ordenado en la medida de protección, se constata que el grupo familiar residía por debajo de la línea de indigencia. Esta situación se suma a que son migrantes y miembros de una minoría étnica y lingüística, además de víctimas de violencia familiar y de género. Aparte, el documento evidencia que la familia percibía con miedo y recelo el abordaje estatal debido a que éste era llevado a cabo en forma desorganizada.

Por este motivo, la magistrada dispuso conformar una mesa de trabajo interinstitucional que gestionara una solución duradera y pusiera fin a las intervenciones estatales fragmentadas que esta familia había recibido hasta el momento. Convocó a representantes de las Oficinas de la Mujer (OM) y de Derechos Humanos de la Corte Suprema de Justicia; de la Oficina de Nuevos Derechos y de la Defensoría de Niñez, Adolescencia y Capacidad Restringida del Ministerio Pupilar y de la Defensa (MPD); de la Red de Servicios del Sistema Provincial de Salud (SIPROSA), y de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia, del Ministerio de Desarrollo Social.

El equipo presentó un plan de acción estructurado en distintos ejes: violencia de género, salud, alimentación/nutrición, habitacional, educativo, documentos y beneficios sociales. Con esta propuesta, la Dra. Brand acompañada por el Secretario Facundo Joaquín Díaz y personal del MPD, fueron al domicilio para tomar una audiencia y tener contacto directo con la realidad de la familia. Escucharon allí a las partes con la asistencia de un intérprete cultural y facilitador de la lengua quechua en su variante Potosí.

En el lugar, registraron las condiciones en las que se encontraba la vivienda y decidieron adjuntar estas fotografías a la sentencia y a las comunicaciones dirigidas a los organismos estatales. Resume la jueza: “Durante el transcurso de la audiencia pude conocer la casilla en la que vive la familia, el baño común que comparte con los demás inquilinos del predio, como así también las necesidades que padecen, a partir del propio relato… Todo ello me impactó, dado que ningún informe recibido en el expediente pudo describir la crudeza de las necesidades de la familia. Vi, con mis propios ojos, que el Estado no llegó a este hogar que se encuentra perdido al final de un camino de tierra, entre la maleza, e irónicamente, paralelo y a menos de 200 metros de un punto neurálgico como es una ruta provincial”.

En la resolución, la magistrada contempló la situación compleja que atraviesa a toda la familia  y agrupó las decisiones en torno a la situación de vulnerabilidad (violencia, privación material, pertenecientes a un pueblo originario y migrante); el acceso a una vivienda en condiciones dignas y adecuadas de habitabilidad; acceso a la salud del grupo familiar, y el derecho a la nacionalidad. Así, ordenó al Poder Ejecutivo provincial que adopte las medidas necesarias para restablecer el goce de los derechos y garantías que la Constitución Nacional y los tratados y convenciones internacionales le reconocen. Dispuso que se edifique una casilla equipada con mobiliario y electrodomésticos y un baño de material con sanitarios y tendido cloacal; que se los incorpore al programa de la garrafa social; y que se les entregue módulos alimentarios semanales y vestimenta.

Por otro lado, ordenó que el Siprosa garantice el abordaje clínico integral de todos los miembros de la familia, de acuerdo a sus edades y condiciones de salud particulares. Por último, exhortó al Estado a formalizar la naturalización de los distintos integrantes de la familia que no cuentan con la nacionalidad argentina.

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César Mamaní

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