Los bancos que otorgan créditos hipotecarios UVA ya no estarán obligados a extender los plazos en caso de que la relación cuota/ingreso se deteriore debido a la inflación. Esta modificación, realizada por el Banco Central de la República Argentina (BCRA), permite a las entidades financieras decidir si ofrecen esta opción, que anteriormente las obligaba a contratar un seguro para cubrir el descalce entre la inflación y la variación salarial, lo que incrementaba el valor de las cuotas.
La eliminación de esta obligatoriedad busca reducir los costos de los créditos hipotecarios y facilitar su securitización, es decir, la venta de paquetes de créditos en el mercado de capitales, lo que podría fomentar el desarrollo de este tipo de financiamiento. Esta medida también flexibiliza la condición de que las cuotas deben ser mensuales, permitiendo que los plazos de pago sean negociados libremente entre las partes.
El BCRA recomienda a quienes firmen un crédito ajustado por UVA que revisen las condiciones y, si lo consideran necesario, busquen cobertura. Esta medida, sin embargo, está diseñada para un escenario de alta inflación, ya que en un contexto de inflación controlada, el crédito UVA es beneficioso.
Estos cambios se aplicarán a los créditos que se firmen a partir de ahora y no afectarán a los que ya hayan sido suscritos.
