El Gobierno nacional anunció este viernes la reinstauración de una medida vinculada al control del mercado cambiario, que afecta tanto a personas físicas como jurídicas. Según lo establecido por el Banco Central (BCRA) mediante la comunicación A 8336, quienes adquieran dólares a la cotización oficial no podrán realizar operaciones con dólares financieros durante los 90 días siguientes. Esta disposición ya estaba vigente en el caso de las operaciones de empresas, pero ahora se extiende a todos los individuos y organizaciones que participen del mercado de divisas.
De acuerdo con lo indicado en la comunicación oficial, a partir del 26 de septiembre toda persona o empresa que desee acceder al mercado cambiario para comprar dólares a la tasa oficial deberá suscribir una declaración jurada. En este documento, el solicitante se compromete explícitamente a no recurrir a los mecanismos de dolarización a través del dólar MEP o el dólar contado con liquidación (CCL) durante el período de tres meses.
Asimismo, la restricción funciona de manera recíproca: aquellos que operen con dólares financieros, ya sea mediante MEP o CCL, tampoco podrán realizar compras en el mercado de dólar oficial durante el mismo lapso de 90 días. La medida busca controlar la movilidad de los flujos de divisas y limitar la dolarización de los activos, estableciendo un marco de equilibrio entre los distintos segmentos del mercado cambiario.
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