La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha dispuesto un nuevo mecanismo orientado a facilitar la devolución de los pagos a cuenta del Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS) que, por diversas razones, no pudieron ser aplicados por los importadores en sus operaciones comerciales. Esta medida fue formalizada mediante la Resolución General N.º 5720/2025, que fue publicada en el Boletín Oficial este lunes y lleva la firma del titular del organismo, Juan Pazo.

Este nuevo régimen de devolución está destinado específicamente a los contribuyentes que, a pesar de haber efectuado pagos anticipados del Impuesto PAIS, no han logrado utilizarlos como crédito fiscal. Esta situación se da particularmente en casos en los que se aplicaron reducciones de alícuotas o se encuadraron dentro de regímenes especiales, como los acuerdos de precios y las operaciones realizadas a través de zonas francas.

Para acceder al beneficio, los importadores deberán presentar una Declaración Jurada de Devolución (DJIP) utilizando el servicio en línea habilitado en el sitio oficial del organismo (www.arca.gob.ar), denominado “Registro de despachos de importación con pagos a cuenta no computados del Impuesto PAIS”. Este trámite estará habilitado entre el 8 de julio y el 22 de agosto de 2025, incluyendo ambas fechas.

Una vez concluido este plazo inicial de 45 días, se abrirá una nueva etapa que permitirá a los importadores registrar solicitudes de devolución por otros conceptos no contemplados en esta primera fase. Para dicha segunda etapa se dictará una normativa complementaria que establecerá los procedimientos y condiciones específicas para esos casos.

En cuanto al funcionamiento del esquema de devolución, ARCA ha diseñado un sistema que, tras la validación automática de los datos aportados, habilitará un crédito dentro del Sistema Informático MALVINA (SIM). Este crédito no será reembolsado en efectivo, sino que podrá ser utilizado exclusivamente para compensar obligaciones futuras relacionadas con derechos de importación.

El esquema contempla distintos tramos para la devolución, organizados en función del monto total del saldo a favor del solicitante:

  • Para montos de hasta $4 millones, la devolución se hará en una sola cuota.
  • En el caso de importadores con saldos superiores a $4 millones y hasta $10 millones, el reintegro se realizará en seis cuotas.
  • Aquellos con créditos que superen los $10 millones pero no sobrepasen los $100 millones, recibirán el monto correspondiente en doce cuotas.
  • Finalmente, si el importe a devolver excede los $100 millones, se aplicará un plan de veinticuatro cuotas.

Este nuevo procedimiento busca aliviar la carga financiera de los importadores afectados por saldos a favor no utilizados, brindando una herramienta operativa para equilibrar sus cuentas fiscales y continuar con sus actividades sin trabas administrativas.

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