El vocero presidencial, Manuel Adorni, informó que el Gobierno decidió extender la eliminación de retenciones también a la exportación de carnes avícolas y bovinas, una medida que regirá hasta el 31 de octubre de 2025. Esta decisión se suma al anuncio realizado más temprano respecto a los granos, que igualmente tendrán “retención cero” hasta la misma fecha, en un contexto marcado por la necesidad de dólares ante la presión cambiaria.

A través de su cuenta en la red social X, Adorni explicó que la administración de Javier Milei tomó esta medida como parte de su política de reducción impositiva frente a las adversidades económicas: «El Gobierno Nacional definió que habrá retenciones cero también para la exportación de carnes avícolas y bovinas hasta el 31 de octubre de 2025». El vocero enfatizó la línea del gobierno libertario, resaltando que se trata de “el único gobierno que, ante las adversidades, responde bajando impuestos”.

Anteriormente, Adorni había confirmado que la política de “retención cero” también aplicará a granos como soja, girasol, cebada, trigo, maíz y sorgo, hasta el 31 de octubre. “La vieja política busca generar incertidumbre para boicotear el programa de gobierno. Al hacerlo castigan a los argentinos: no lo vamos a permitir”, advirtió.

Según estimaciones de Javier Preciado Patiño, exsubsecretario de Mercados Agropecuarios, aún restan liquidar aproximadamente u$s5.600 millones de soja y u$s2.800 millones de maíz, totalizando unos u$s8.400 millones que podrían ingresar al mercado de divisas antes de las elecciones del 26 de octubre. Además, se contempla la posibilidad de adelantar parte de la liquidación de trigo para reforzar las reservas.

En cuanto a los detalles de la normativa, el decreto establece que la alícuota del Derecho de Exportación (D.E.) será del 0% hasta el 31 de octubre de 2025 o hasta que se alcancen registraciones de Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE) por un equivalente a u$s7.000 millones, lo que ocurra primero. Asimismo, los exportadores deberán liquidar al menos el 90% de las divisas en un plazo de hasta tres días hábiles posteriores a la presentación de la DJVE, con el objetivo de acelerar la entrada de dólares al mercado local y fortalecer las reservas internacionales.

El decreto también contempla sanciones: quienes incumplan deberán pagar la alícuota vigente antes de la medida y enfrentar las penalidades previstas en la ley. Además, los exportadores que no cumplan no podrán volver a acceder al beneficio de retenciones cero hasta regularizar su situación. El tratamiento arancelario será aplicable únicamente para quienes presenten DJVE u oficialicen permisos de embarque desde la entrada en vigencia de la medida hasta la fecha límite indicada.

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