Economía

Empleados públicos que cobren la suma fija no podrán comprar dólares

Los empleados que trabajan en el sector público, en todos sus niveles (nacional, provincial y municipal), y que recibirán la suma fija de 60,000 dólares anunciada durante el pasado fin de semana para los meses de septiembre y octubre, no tendrán la capacidad de adquirir dólares en bancos. Fuentes oficiales han confirmado esta información, explicando que el aumento de ingresos implementado por el Gobierno se considerará como un nuevo concepto que excluye a sus beneficiarios de la oportunidad de acceder mensualmente al límite de 200 dólares destinados al ahorro, los cuales se adquieren a un tipo de cambio oficial junto con un 30% de Impuesto PAIS y un 35% de retención correspondiente a Bienes Personales y al Impuesto a las Ganancias.

Las autoridades gubernamentales han argumentado que los beneficios otorgados por el Estado ya excluyen a sus beneficiarios de la posibilidad de acceder al denominado «dólar ahorro». Existe una extensa lista de transferencias estatales que impiden a quienes las reciben acceder al mercado oficial de divisas. Entre estas transferencias se encuentran los subsidios recientes para servicios de electricidad y gas, un factor que ha llevado a muchas familias a renunciar voluntariamente a los subsidios. Sin embargo, esta restricción no es nueva y tiene sus orígenes en épocas anteriores, como durante la implementación del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) y el Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP).

También existen límites para la compra de dólar MEP. No pueden acceder quienes hayan comprado dólar solidario (oficial) en los 90 días corridos previos, tampoco quienes hayan solicitado subsidios a las tarifas energéticas (luz, agua y gas), ni quienes sean titulares de planes sociales.

En el Gobierno aseguran que aunque la suma fija impedirá acceder al mercado cambiario, el universo de beneficiarios alcanzados ya está afectado por esas trabas previas. Con lo cual, le bajan el tono al impacto de la medida.

El principio detrás de esas normas era que el Gobierno no quiere financiar, con sus transferencias, corridas contra las reservas del Banco Central. A lo largo de los años, cada política de asistencia que implicara una transferencia de recursos fue incluida en la lista de motivos para bloquear el acceso al dólar (Ver aparte).

Fuentes oficiales consultadas por Infobae dijeron que el otorgamiento de la suma fija, cuando el que paga es el Estado, va a tener el mismo efecto. Impedirá comprar dólares para ahorro y se analizaba extender eso también al dólar MEP. Más tarde, el titular de la Comisión Nacional de Valores (CNV), Sebastián Negri, aseguró en su cuenta de Twitter que “no está prevista ninguna restricción para los trabajadores beneficiados con una suma fija, respecto a la negociación de dólar MEP”.

Normas ya vigentes del Banco Central impedirán que los empleados públicos que cobren la suma fija puedan comprar dólar ahorro (Reuters)

La ministra de Trabajo, Raquel “Kelly” Olmos, fue la encargada de detallar las nueva limitación en declaraciones a Urbana Play. La funcionaria respondió afirmativamente a la consulta respecto a si los que perciban el bono quedarán impedidos de comprar dólares.

“Eso, fundamentalmente, en los casos de recursos que pone el Estado”, aclaró.

“Pero efectivamente lo que nosotros queremos es que esto no vaya a la brecha, queremos que vaya a consumo”, dijo.

¿Qué motivos pueden impedirte acceder a la compra de dólar ahorro?

El Banco Central detalla de la siguiente manera las distintas causas que pueden dejar a un ahorrista impedido de comprar los USD 200 mensuales.

  • No contar con capacidad económica suficiente para operar en el mercado de cambios -según los parámetros establecidos por la propia entidad con la que se opera.
  • Exceder el cupo total mensual de USD 200.
  • Exceder el cupo mensual de USD 100 por mes para adquisiciones en efectivo, que integra el cupo total mencionado en el punto anterior.
  • Haber solicitado mantener los subsidios en las tarifas de servicios (gas natural, energía eléctrica o agua potable).
  • Haber recibido beneficios ATP -para personas con actividad comercial o personas empleadas cuyas empresas lo hayan recibido. Tener en cuenta que, si el empleador/a obtuvo el beneficio de ATP, la restricción se encuentra vigente, aunque ya no se perciba o el préstamo haya sido devuelto. Las causales vinculadas con créditos y refinanciaciones se refieren a todo el sistema y no solo a una entidad. Por eso se debe verificar la situación tanto en la entidad con la que se quiere operar como en el resto de las entidades.
  • Haber realizado compras con tarjetas de crédito en moneda extranjera por el cupo mensual de USD 200 o mayor al cupo. Tener en cuenta que al superar el cupo no se podrá acceder a la compra de moneda extranjera hasta que trascurran los meses para compensar el cupo mensual USD 200.
  • Tener refinanciación de cuotas en las tarjetas de crédito, “Refinanciación por Comunicación A6964″ o “Refinanciación por Comunicación A7095″.
  • Tener préstamos prendarios o hipotecarios en UVA con refinanciación.
  • Haber recibido subsidios IFE (según información suministrada por la ANSES).
  • Haber recibido subsidios del PAMI.
  • Haber sido inhabilitado/a mediante las comunicaciones C del Banco Central, que informan quiénes fueron las personas suspendidas para operar en el mercado de cambios.
  • Haber realizado operaciones con títulos valores (Comunicación A7001).
  • No tener dado de alta número de CUIT, es decir que no existe información tributaria de la Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP)./Infobae
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