Los 800.000 empleados que volverán a pagar el impuesto a las Ganancias según las modificaciones del «paquete fiscal» aprobado por el Congreso no verán afectados sus ingresos de manera retroactiva. Esto significa que no se les descontará el impuesto correspondiente al salario de junio, que ya fue cobrado en julio; la aplicación comenzará con el sueldo de julio, que se percibirá en agosto.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó las modificaciones en el impuesto a las Ganancias para empleados en relación de dependencia. La normativa especifica que los cambios se implementarán a partir de los haberes devengados y percibidos desde julio en adelante, asegurando que los salarios hasta junio no serán afectados retroactivamente, según el comunicado de la AFIP.
Esta actualización alinea la normativa de la AFIP con la reciente aprobación de la ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes por parte del Congreso nacional, la cual busca mejorar la equidad del sistema impositivo.
En este contexto, la normativa fue diseñada para garantizar que la modificación del impuesto a las Ganancias no afecte los salarios ya percibidos por los trabajadores antes de la nueva ley, incluso si fueron cobrados posteriormente. Los empleados que obtuvieron su remuneración hasta el 30 de junio, aunque la perciban en julio, estarán sujetos a la norma anterior. En cambio, los haberes devengados a partir del 1 de julio estarán sujetos a la nueva Resolución General, según lo indicado por la AFIP.
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