La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó una medida cautelar que favorecía a la Tabacalera Sarandí en el contexto de una causa contra el Estado Nacional, el Ministerio de Economía, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la Dirección General Impositiva (DGI).

La empresa había solicitado la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 103, 104 y 106 de la Ley 27.430, que fijan montos mínimos para los productos que comercializa, como toscanos, puros, cigarrillos y tabacos, argumentando que estos montos superaban sus precios de venta.

La Corte tomó esta decisión tras examinar cuatro recursos de queja, incluido uno presentado por la AFIP. En el caso de este último recurso, el tribunal dejó sin efecto la medida cautelar que impedía a la AFIP requerir a Tabacalera Sarandí la liquidación del monto mínimo y utilizar el aplicativo previsto en la Resolución General 5113/21 para trámites fiscales relacionados.

En cuanto al recurso interpuesto por Massalin Particulares S.R.L. (RH10), la decisión fue similar. Los recursos RH12 y RH13, también presentados por Massalin Particulares S.R.L. y la AFIP respectivamente, cuestionaban la prórroga de las medidas cautelares mencionadas.

La mayoría de la Corte, compuesta por los jueces Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, revocó la medida cautelar basándose en una decisión previa en la misma causa del 13 de mayo de 2021, donde se consideró que no había peligro en la demora para dictar una medida cautelar.

El juez Carlos Rosenkrantz se excusó de participar en la decisión por haber sido abogado de Massalin.

La causa de fondo aún está pendiente de resolución en la Corte Suprema, habiendo sido previamente declarada la inconstitucionalidad del impuesto cuestionado por Tabacalera Sarandí por el juzgado de primera instancia y la Sala IV de la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal.

La revocación de la medida cautelar implica que, por ahora, Tabacalera Sarandí deberá cumplir con las disposiciones de la Ley 27.430 respecto a los montos mínimos establecidos para sus productos, a la espera del fallo definitivo sobre la constitucionalidad de dichos artículos, lo que deja abierta la posibilidad de futuras revisiones y ajustes según la decisión final del máximo tribunal.

Este caso subraya la complejidad jurídica y fiscal que enfrenta la industria tabacalera en Argentina, donde las regulaciones impositivas y los litigios judiciales son fundamentales en su operativa y rentabilidad. La resolución final de la Corte Suprema será crucial para establecer el marco legal y las obligaciones fiscales de Tabacalera Sarandí y otras empresas similares en el país.

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Por Tucumán en las REDES

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