El Gobierno publicó este jueves, en medio de una batería de medidas económicas, el decreto 332/2022 que da cuenta de la tan comentada segmentación de tarifas. El texto publicado este jueves en el Boletín Oficialestablece las tres categorías de usuarios que habrá para fijar las tarifas de luz y gas y quiénes dejarán de recibir subsidios. A su ves, el documento indica también que se creará un registro de acceso a dichos subsidios.
Las preguntas que surgen de forma inmediata es: quiénes y dónde deben anotarse los usuarios que quieran (y les corresponda) retener ese subsidio.
Un grupo de 10% de la población, según las cifras que manejan en Economía, dejarán de estar subsidiados. Es decir, que el 90% restante tendrán algún tipo de subsidio, sea total o proporcional. Para determinar ello, no se tomará, como se había dicho inicialmente, el lugar de residencia del titular del servicio, sino que se evaluarán sus ingresos y patrimonio.
Teniendo en cuenta la capacidad de pago de cada usuario de los servicios, en el decreto se establece la creación de un Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE), para mejorar la información disponible y facilitar la adopción de políticas públicas.
El texto explica en su artículo 7° que se creará el Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE), en el cual se deberán inscribir los usuarios y las usuarias residenciales de los servicios públicos de energía eléctrica y gas natural por redes que soliciten el subsidio del Estado Nacional».
Un dato a tener en cuenta que es muy importante que esta vez, a diferencia del registro anterior que era para certificar la titularidad de los usuarios de estos servicios, es que, el texto aclara que: el registro lo podrán hacer sean o no titulares de los mismos.
Según indicó esta mañana la vocera del presidente Alberto Fernández. «Habrá un registro y todo el mundo deberá anotarse para recibir el subsidio». Vale aclarar que en «ese todo el mundo» entran aquellos que tienen dudas o que efectivamente saben que cumplen con los requisitos para retener ese beneficio.
El Registro de acceso a los subsidios a la energía (RASE) conformará el padrón de beneficiarios y beneficiarias del régimen de subsidios sobre la base de las declaraciones juradas presentadas por los usuarios y las usuarias del servicio.
Lo que es claro, por ahora, es que sí o sí quien no quiera perder el subsidio deberá anotarse en dicho registro.
La Subsecretaría de planeamiento energético podrán requerir, periódicamente, los cruces de información necesarios para verificar la veracidad de las declaraciones juradas correspondientes, de acuerdo con la autorización brindada por cada solicitante, con el fin de administrar adecuadamente el régimen de segmentación.
Según el DNU 332/2022, los beneficiarios de programas sociales como AUH, AUE, AUD, PROGRESAR, POTENCIAR TRABAJO, entre otros similares, podrán ser incluidos en este padrón en el «Nivel 2 de Menores Ingresos», sobre «la base de la información con la que cuenta el Estado nacional en sus registros, cuando así corresponda», indica el texto del Decreto.
La declaración jurada a presentar estará disponible en formato digital, conforme lo establezca la Secretaría de Innovación Tecnológica del sector público de la Jefatura de Gabinete de Ministros, para asegurar su despliegue seguro, ágil y gratuito en todo el país.
Además, en el texto se advierte que las prestadoras del servicio público correspondiente y la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS), deberán realizar la atención presencial necesaria para que los beneficiarios puedan realizar la carga digital que corresponda. Más teniendo en cuenta a aquellas personas que no tienen acceso a dicha tecnología, «con el fin de universalizar el acceso en todo el territorio nacional».
La autoridad de aplicación podrá disponer, también, que otras dependencias públicas faciliten dicho trámite en forma ágil y gratuita.
El padrón de beneficiarios y beneficiarias del régimen de subsidios será informado para su implementación al ENRE y al ENARGAS, ambos organismos descentralizados en el ámbito de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, demás entes reguladores, autoridades provinciales y/o a las empresas prestadoras de los servicios públicos de distribución de energía eléctrica y gas natural por red, y su comunicación a los usuarios y las usuarias que correspondan, de acuerdo a lo que determine el procedimiento que a tal efecto dicte la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, con la colaboración de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA DEL SECTOR PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
La Autoridad de Aplicación podrá requerir la información y/o documentación que estime necesaria y pertinente para proseguir con el proceso de segmentación a las distintas dependencias y organismos del Sector Público Nacional, los que deberán responder en los plazos y modos que la Autoridad de Aplicación establezca y según se defina en los acuerdos a celebrar con las distintas jurisdicciones.
Los usuarios que tendrán a su cargo el costo pleno de la energía que consuman -el Nivel 1 para el Gobierno- serán quienes cumplan con al menos una de las siguientes tres condiciones:
Además de las personas a las que se le quitarán 100% los subsidios, hay otros dos segmentos para quienes la tarifa subirá desde junio en menor proporción.
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