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Proponen que no prescriban los delitos sexuales contra menores

El Movimiento Derecho al Tiempo Argentina (DATA) -conformado por sobrevivientes de abuso sexual, profesionales que trabajan en la temática y activistas por los derechos de las víctimas- presentó un proyecto de ley para que se “declararen imprescriptibles los crímenes de violencia sexual del que hayan sido, sean o fueren víctimas niños, niñas y adolescentes”.

“Hasta el momento los tiempos de las víctimas no coinciden con los plazos judiciales y esto es muy grave porque la falta de justicia no ayuda a la recuperación y el dolor no prescribe”, dijo a Télam Sonia Almada, presidenta de la organización Aralma contra las violencias en la infancia, una de las que integran el Movimiento.

Además, la iniciativa presentada el pasado viernes en la Cámara de Diputados propone también modificar la denominación “abuso sexual” por la de “violencia sexual contra la infancia y/o violencia sexual” para adecuarse de esta manera a “los tipos de violencias previstas en la Ley 26.485, por tratarse de una relación desigual de poder”.

Por otro lado, el proyecto plantea en su artículo 4 que “el Estado tiene la obligación de garantizar a las víctimas de los delitos declarados imprescriptibles en esta ley, e independientemente de la edad que tengan al denunciar o solicitar asistencia, el abordaje integral adecuado al caso antes, durante y posterior al proceso judicial”.

En cuanto a la prescripción, el proyecto propone modificar el párrafo cuarto del Artículo 67 del Código Penal reformado por última vez en 2015, que hoy sostiene que para los delitos contra la integridad sexual “se suspende la prescripción mientras la víctima sea menor de edad y hasta que habiendo cumplido la mayoría de edad formule por sí la denuncia o ratifique la formulada por sus representantes legales durante su minoría de edad”, con lo cual los delitos siguieron siendo prescriptibles, aunque a partir del momento de la denuncia.

“Al ser la ley irretroactiva, es decir, no puede aplicarse hacia atrás, no contempla ‘el derecho al tiempo’ de las y los sobrevivientes anteriores a la ley 27.206 de 2015, por lo cual lo que se plantea es la necesidad de suspender la retroactividad a todas las víctimas con un plazo anterior aquel año, considerándose las Leyes convencionales y constitucionales incorporados desde 1994”, apuntó Norma Fernández, otra especialista integrante de DATA.

Almada explicó a Télam que es necesario que el Congreso trate y convierta en ley este proyecto porque “las y los sobrevivientes de agresiones sexuales padecidas en la infancia y adolescencia logran identificarse como víctimas de un crimen largos años después de sucedido el o los hechos denigrantes”.

El abuso sexual no se puede homologar a ningún otro crimen porque se trata de un crimen en continuo, es decir, no sucede solo en el o los momentos en que se perpetra la violencia en la infancia sino que las secuelas acompañan a los sobrevivientes a lo largo de todo la vida”, sostuvo Almada.

Y agregó: “Este es un crimen especial que afecta a una víctima especial -un bebé, niño, niño u adolescente-, que por su propia vulnerabilidad e indefensión la mayoría de las veces no comprende que le está sucediendo y necesita mucho tiempo: tiempo para comprender lo sucedido, tiempo para metabolizarlo, tiempo para contárselo a un adulto que pueda creerle y en quien confiar, y mucho tiempo para pensar en denunciar”.

La licenciada en psicología agregó que llevar el caso a la justicia “es especialmente difícil porque él pederasta es, en la enorme mayoría de los casos, una persona del núcleo cercano de la víctima: familiar, amigo, o figura de autoridad que enreda al niño o la niña en una compleja trama afectiva que lo paraliza”, cuando no lo extorsiona y amenaza “para que calle”.

El miércoles a las 20, DATA realizará un vivo de Instagram para dar detalles del proyecto y contestar preguntas en @derechoaltiempo.

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