El Día del Empleado de Comercio, originalmente fijado para el 26 de septiembre según la Ley 26.541, ha sido trasladado para este año al 30 de septiembre. La decisión fue anunciada por la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys), que coordina con las Cámaras Empresarias de Comercio para celebrar esta fecha como un día de descanso para los trabajadores del sector. Así, se prevé que el último día de este mes, supermercados, shoppings y otros establecimientos comerciales cierren sus puertas.
En su comunicado oficial, la Faecys explicó que «la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios y las Cámaras Empresarias de Comercio han acordado, en uso de su autonomía colectiva, trasladar la conmemoración del día del Empleado de Comercio al lunes 30 de septiembre del corriente año, para que ese día los trabajadores tengan su reconocimiento con todos los alcances de la Ley».
Este feriado se aplica exclusivamente a aquellos empleados y obreros que trabajen en cualquier área del comercio o en actividades con fines de lucro, así como a los administrativos en general en explotaciones industriales.
Los establecimientos que podrían permanecer cerrados el 30 de septiembre incluyen:
- Supermercados
- Shoppings
- Centros comerciales
- Tiendas de ropa
- Calzado
- Electrodomésticos
- Kioscos
- Librerías
- Almacenes
- Carnicerías
- Verdulerías
En cuanto a los derechos de los empleados, el día es considerado un feriado nacional, lo que les otorga el derecho a tomarse el día libre sin temor a sanciones. Además, si algún empleado opta por trabajar en esta fecha, la ley establece que deberá recibir el doble de su salario diario.