El Gobierno oficializó hoy, mediante la Resolución 57/24, la implementación de una medida que desregula el transporte de pasajeros, permitiendo que nuevos actores ingresen al sistema de transporte urbano, suburbano e interjurisdiccional. Esta regulación es el paso siguiente al Decreto 883/24, que había dado luz verde a la liberalización del tránsito interjurisdiccional y de las conexiones hacia y desde aeropuertos, otorgando completa autonomía para definir vehículos, recorridos y horarios.
El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, compartió en su cuenta de X: “A quienes tengan vehículos grandes o pequeños (con seguro y revisión vehicular aprobada), los invitamos a convertirse en proveedores de transporte de pasajeros. La Resolución 57/24 de hoy, con firma del Secretario de Transporte, Franco Mogetta, establece el procedimiento para que cualquier interesado en proveer el servicio pueda hacerlo, dando sentido práctico a la desregulación que habíamos establecido con el Decreto 883/24.”
En su mensaje, Sturzenegger detalló el proceso: “Simplemente, informan a través de un trámite remoto vehículos, choferes y los recorridos que planifican hacer. Pueden cambiar esta información cuando quieran y las veces que quieran. ¡Y listo! ¡A rodar!”.
Por su parte, el Secretario de Transporte, Franco Mogetta, dio a conocer la creación del Registro Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros (RNTAP). Este registro permitirá que tanto empresas como transportistas independientes puedan inscribirse de forma online y sin costo alguno. Según explicó, “Una vez inscriptos, en un máximo de 5 días hábiles tendrán el Certificado de Alta de Transportista que los habilita al registro de los servicios a prestar”.
El anexo de la Resolución establece que para los servicios urbanos y suburbanos podrá utilizarse cualquier tipo de vehículo que cumpla con los requisitos básicos. Sin embargo, los servicios interjurisdiccionales deberán realizarse con vehículos que cuenten con al menos cinco asientos adicionales al del conductor. Ejemplos de vehículos aptos para este tipo de servicio incluyen modelos como el Chevrolet Spin o el Peugeot 5008.
A pesar de las oportunidades que genera esta nueva regulación, surgen interrogantes sobre los controles y la fiscalización. Fuentes del sector señalaron que la Comisión Nacional de Regulación de Transporte (CNRT) deberá reconsiderar sus mecanismos de inspección, ya que muchos de los nuevos vehículos realizarán servicios puerta a puerta, sin pasar por las terminales tradicionales. “Eso va a obligar a los organismos de control a repensar su sistema de fiscalización”, afirmaron.
Del mismo modo, otras voces dentro del sector destacaron la necesidad de evaluar cómo se implementarán los controles en las rutas. En este contexto, la Cámara Empresaria de Larga Distancia (Celadi) trabaja en desarrollar un sello de calidad que permita a los pasajeros identificar empresas con altos estándares. Gustavo Gaona, vocero de Celadi, explicó: “La oferta va a ser muy grande, pero no todo va a ser lo mismo. Hasta ahora teníamos un sistema de larga distancia uniforme en cuanto al tipo de vehículo, reglamentaciones y regulaciones, y ahora empieza otra cosa. Nos parece importante que el pasajero sepa que la empresa en la que está viajando tiene X cantidad de ómnibus, capacidad de respaldo ante una eventualidad como un desperfecto mecánico, asistencia en el camino, bases operativas en todo el país, etc.”
Por último, la Secretaría de Transporte aclaró que se mantendrán las exigencias de seguridad contempladas en la normativa vigente. Esto incluye el cumplimiento de requisitos en materia de tránsito, seguridad vial, higiene y accesibilidad, además de la obligatoriedad de la revisión técnica vehicular para todos los vehículos habilitados.
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