Policiales

Bestial: Condenan un sujeto por abusar sexualmente de sus tres hijas | A otro a dos años de cárcel

Abuso sexual agravado

La Sala Penal Conclusional N° 1, integrada por la Dra. María Fernanda Bahler como Jueza Unipersonal, condenó a un hombre a la pena de veinte años de prisión por abusar sexualmente de sus tres hijas.

Se lo encontró culpable del delito abuso sexual con acceso carnal agravado por el grave daño mental, ser ascendiente, encargado de la educación y guarda y por la convivencia preexistente en perjuicio de dos de sus hijas, y por abuso sexual gravemente ultrajante agravado por el daño mental, ser ascendiente, encargado de la educación y guarda y por la convivencia preexistente en perjuicio de la otra descendiente.

Los hechos por lo que se condenó al acusado fueron realizados cuando sus tres hijas eran menores de edad. Además, se dispuso la prisión preventiva del condenado por el plazo de seis meses o hasta tanto quede firme la sentencia.

La lectura de los fundamentos será el próximo 21 de abril de 2022.

Abuso sexual simple

Asimismo, en el marco del Expte. N° 21256/2017, la Dra. Wendy Adela Kassar como Jueza Unipersonal de la Sala Penal Conclusional Nº 1, condenó a un imputado a la pena de dos años y seis meses de prisión por considerarlo autor voluntario y responsable del delito de abuso sexual simple (previsto y penado por el art. 119, primer párrafo del Código Penal).

La causa que juzgó el hecho ocurrido el 18 de abril de 2017 se resolvió mediante el procedimiento de juicio abreviado, ya que el condenado reconoció su autoría en el hecho. En este sentido, la Vocal interviniente hizo lugar al acuerdo presentado por el Ministerio Público Fiscal y la Defensa del acusado.

La magistrada también le impuso al condenado una prohibición de acercamiento en un radio de 300 metros respecto de la víctima y su grupo familiar.  Además, se ordenó que el acusado realice un curso de capacitación en cuestiones de género, en el Observatorio de la Mujer.

En cuanto a la víctima, el Estado Provincial, por intermedio del Ministerio de Salud, deberá arbitrar los medios para brindar en forma inmediata asistencia psicológica gratuita a la menor, en lo posible en el CAPS que se encuentre más cercano a su domicilio.

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