En relación con el homicidio de Emanuel Luna, ocurrido en la localidad de Lastenia durante el mes de agosto de 2023, la Justicia ha tomado una determinación clave: dos mujeres fueron halladas culpables del crimen. Se trata de Soledad González y Camila Robledo, quienes ahora enfrentan un futuro judicial incierto mientras se define cuál será la condena que finalmente deberán purgar.

La decisión fue adoptada recientemente por el Tribunal de Impugnación del Centro Judicial Capital, que notificó su veredicto en las últimas horas. Este cuerpo judicial, compuesto por los magistrados María Jimena Suárez, Carlos Caramuti y Agustín Puppio, resolvió revertir el fallo emitido previamente por un tribunal oral, el cual había absuelto a las acusadas. Al analizar los elementos del caso, el tribunal superior concluyó que González y Robledo sí tienen responsabilidad penal en la muerte de Luna, por lo que anuló la sentencia absolutoria anterior y declaró su culpabilidad.

Los hechos que culminaron con la muerte de Emanuel Luna ocurrieron en la vereda de su propia vivienda, tras una noche en la que asistió junto a allegados a un evento en el Club Social y Deportivo Lastenia. Luego de que se registraran incidentes en el ingreso del local, el joven regresó a su hogar, sin imaginar que en pocas horas perdería la vida a causa de un disparo en la cabeza.

La investigación penal estuvo encabezada por el fiscal Pedro Gallo, quien actuó en coordinación con los abogados querellantes Juan Andrés Robles y Franco Venditti. Según la hipótesis que sostuvieron durante el proceso, ambas imputadas se movilizaron hasta el domicilio de la víctima a bordo de una motocicleta, llevando consigo un arma de fuego. El objetivo inicial habría sido tomar represalias contra un familiar del joven, sin embargo, la situación derivó en un ataque que terminó costándole la vida a Luna, además de provocar heridas en otra persona.

Cabe recordar que en diciembre de 2023, el tribunal encargado del juicio oral —integrado por los jueces Elizabeth Raddi, Augusto Paz Almonacid (quien ejerció el rol de vocal preopinante) y Fernando Zottoli Ortiz— había determinado que las acusadas debían ser exoneradas bajo el argumento de que subsistían dudas razonables sobre su responsabilidad. Esta interpretación fue fuertemente cuestionada por el Tribunal de Impugnación, el cual consideró que hubo una apreciación sesgada y subjetiva de las pruebas, lo que condujo a una decisión judicial incorrecta y sin el debido sustento lógico ni legal.

A pesar de la gravedad de los hechos, tanto González como Robledo permanecen en libertad desde el 9 de diciembre, y seguirán en esa condición hasta que se dicte una sentencia firme que determine con exactitud la pena que les corresponderá por el delito cometido.

Tras conocerse el fallo, el abogado querellante Juan Andrés Robles manifestó su conformidad con la resolución, señalando que se trató de un documento extenso y cuidadosamente elaborado. Robles destacó el trabajo detallado del tribunal superior en la revisión del material probatorio y extendió su agradecimiento a la Fiscalía de Homicidios, en especial al fiscal Gallo, por su dedicación y compromiso. También expresó que esta decisión representa un paso importante en la búsqueda de justicia para una familia que continúa atravesando un profundo dolor por la pérdida de Emanuel, y confió en que el dictamen sirva como consuelo frente a tanto sufrimiento.

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