La Cámara Federal de Casación Penal ratificó de manera definitiva las condenas de ocho años de prisión para Mercedes del Valle Ramos y Jonathan Isaac Barrionuevo, quienes habían sido hallados culpables como coautores del delito de trata de personas con fines de explotación sexual. Ambos estaban acusados de someter a tres mujeres a trabajar en un prostíbulo que funcionó en un departamento del centro de San Miguel de Tucumán entre marzo y agosto de 2022.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal tucumano ya había juzgado a Ramos y Barrionuevo en abril, concluyendo que habían montado un emprendimiento ilícito dedicado a la prostitución, aprovechándose de la vulnerabilidad de las víctimas. Según el tribunal, “los imputados captaron y acogieron a una pluralidad de víctimas con la finalidad de explotarlas sexualmente, con aprovechamiento de sus situaciones de vulnerabilidad, y con consumación de la explotación sexual”.
Durante el debate oral, se presentaron testimonios clave de las víctimas, considerados “verosímiles, coherentes y concordantes con el resto de la prueba”, que describieron cómo fueron captadas, las condiciones de explotación y las amenazas que recibieron para permanecer bajo el control de los acusados. Por ejemplo, TV01 relató que Ramos, conocida como “Zoe”, la contactó para trabajar en el prostíbulo, donde debía entregar entre el 30% y 60% de sus ingresos, mientras los acusados administraban pagos y publicaban anuncios a los clientes. La víctima detalló jornadas extensas, control de horarios y un entorno con numerosas mujeres jóvenes, algunas incluso menores de edad, obligadas a cumplir con las exigencias de los acusados. Además, mencionó el uso de insultos y amenazas de escraches públicos, así como la entrega de medicamentos para forzar la continuidad de las tareas sexuales.
TV02, otra de las víctimas, contó que fue contactada mediante Facebook y trasladada al lugar, donde Ramos, identificada como “Cristal”, le proporcionó ropa, maquillaje y medicamentos, además de cubrirle el traslado en remis. La mujer debía entregar el 40% de sus ingresos y cumplir turnos estrictos, recibiendo amenazas cuando intentaba cuestionar las condiciones o abandonar la actividad. Incluso denunció que su imagen fue publicada en sitios de oferta sexual como represalia tras un enfrentamiento con los imputados.
El allanamiento realizado por Gendarmería Nacional permitió corroborar el funcionamiento del prostíbulo: se secuestraron celulares, chips, pen drives, pelucas, preservativos, juguetes sexuales, recetarios médicos, sellos profesionales y cuadernos con registros de turnos e ingresos. Durante la inspección, la víctima AJH fue encontrada en ropa interior, maquillada y en la cama, lo que constituyó un indicio tangible de explotación en curso.
El tribunal determinó que Ramos tenía un rol de liderazgo, siendo responsable de captar víctimas, organizar turnos, fijar precios y publicar anuncios, mientras que Barrionuevo controlaba la seguridad y la administración de ingresos y egresos. Ambos compartían las ganancias y actuaban coordinadamente.
Tras recurrir la sentencia ante la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, el tribunal, integrado por los jueces Gustavo Hornos, Javier Carbajo y Mariano Borinsky, rechazó los recursos y confirmó las condenas. Hornos destacó que las pruebas y los testimonios de las víctimas demostraban de manera clara la captación y explotación de mujeres en situación de vulnerabilidad, subrayando que los acusados priorizaban el lucro sobre el bienestar de las víctimas.
El fallo también ratificó la diferenciación de roles entre Ramos y Barrionuevo, pero resaltó que ambos compartían responsabilidad en todos los aspectos operativos del prostíbulo. La sentencia final confirmó la pena de ocho años de prisión para los condenados y estableció un resarcimiento económico de tres millones de pesos para cada víctima como reparación integral.
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