Cinco agentes del servicio penitenciario fueron condenados a tres años de prisión condicional después de ser hallados culpables de apremios ilegales, vejaciones e incumplimiento de deberes de funcionario público. Los hechos se remontan a mayo de 2022, cuando Cristian Maximiliano Avellaneda, un recluso de la Unidad 10 del penal de Villa Urquiza, sufrió una brutal golpiza a manos de los penitenciarios. Avellaneda, que estaba cerca de completar su condena de 10 años, fue agredido después de un incidente menor cuando se presentó fumando un cigarrillo durante un control en el penal.

El 29 de mayo, tras un enfrentamiento verbal entre Avellaneda y los guardias, tres de ellos —Juan Carlos González, Sergio Emanuel Mansilla y Brian José Robin— lo llevaron al pasillo y lo golpearon violentamente con un palo de mimbre, lo que le provocó graves lesiones, especialmente en su fémur, el cual había sido operado previamente por una lesión deportiva. Los agentes Pablo Gerardo Lavarra y Julio Ricardo Vergara presenciaron la golpiza, pero no intervinieron, incumpliendo así su obligación de actuar para detener el ataque y denunciar a sus compañeros.

La madre de Avellaneda, Olga Susana Delgado, fue quien denunció el hecho, lo que llevó a la Unidad Fiscal de Delitos Complejos a iniciar una investigación bajo la dirección de la fiscala Mariana Rivadeneira. Los cinco agentes fueron finalmente identificados y procesados, llevándolos a juicio en septiembre. Durante el proceso, varios testigos, incluyendo internos del penal y empleados del servicio penitenciario, dieron testimonio sobre el ataque, mientras que los peritos forenses presentaron pruebas médicas que respaldaron las denuncias de Avellaneda.

La querella, representada por el abogado Carlos Garmendia, solicitó que González, Mansilla y Robin fueran condenados a 25 años de prisión por tortura y que Lavarra y Vergara recibieran 10 años de cárcel por omitir impedir la tortura. Sin embargo, el Ministerio Público Fiscal no estuvo de acuerdo con esta calificación, proponiendo en su lugar que se les impusiera una pena de cinco años de prisión a los tres principales responsables por apremios ilegales y vejaciones, mientras que para Lavarra y Vergara solicitó cuatro años de prisión por encubrimiento.

El juez Sebastián Norniella Parache, al dictar sentencia el 23 de septiembre, consideró que aunque quedó comprobado que los agentes infligieron sufrimiento físico a Avellaneda con la intención de castigarlo, no se pudo probar que ese sufrimiento alcanzara el nivel de gravedad necesario para calificarlo como tortura. “No se encontraron los elementos objetivos que permitan demostrar que el sufrimiento experimentado por Avellaneda alcanzaba el umbral necesario para calificarse como tortura”, explicó el juez, rechazando la acusación de tortura tanto para los tres agresores como para los otros dos agentes que observaron los hechos sin intervenir.

En consecuencia, Mansilla, González y Robin fueron condenados a tres años de prisión condicional y seis años de inhabilitación para ejercer actividades penitenciarias en la provincia de Tucumán. Por su parte, Lavarra y Vergara recibieron una pena de un año de prisión condicional y dos años de inhabilitación especial, también en el ámbito penitenciario.

Además, los cinco agentes deberán cumplir ciertas reglas de conducta, que incluyen asistir a cursos y capacitaciones en derechos humanos por un total de 100 horas, someterse a un tratamiento psicológico y la prohibición de portar armas de fuego. Mientras tanto, Avellaneda, que sigue recuperándose de sus lesiones, está cumpliendo el final de su condena bajo arresto domiciliario.

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