El lunes 8 de septiembre se llevó a cabo la última audiencia correspondiente a la segunda etapa del juicio por el homicidio de Emmanuel Luna, en la que se definieron las penas de las imputadas. En representación del Ministerio Público Fiscal participó la Unidad Fiscal de Homicidios I, dirigida por Pedro Gallo, con la asistencia del instructor Juan Vilardi.

Durante la jornada, tanto las acusadas como los familiares de las víctimas ejercieron su derecho a pronunciar sus últimas palabras antes de que la jueza María Soledad Hernández pasara a deliberar. Finalmente, la magistrada anunció la sentencia: María Soledad González, de 40 años, fue condenada a 17 años de prisión, mientras que Camila Stefanía Robledo, de 26, recibió una pena de 15 años.
En los alegatos finales, el fiscal Gallo había solicitado 20 años de cárcel para ambas, argumentando que los delitos cometidos fueron homicidio agravado con uso de arma de fuego contra Emmanuel Rodolfo Luna, en concurso ideal con homicidio agravado en grado de tentativa contra Matías Ignacio Robles. El hecho ocurrió el 27 de agosto de 2023, cuando González, en calidad de autora, y Robledo, como partícipe necesaria, dispararon contra Luna y Robles, mostrando una clara intención de matar y un desprecio evidente por la vida, tras haber planificado el ataque y desplazarse en moto hasta la vivienda de la víctima.
Es importante recordar que inicialmente, el 9 de diciembre de 2024, un Tribunal había absuelto a las acusadas beneficiándose de la duda. Sin embargo, en abril de este año, tras el recurso de impugnación presentado por el Ministerio Fiscal, el Tribunal de Impugnación revocó la absolución y declaró la responsabilidad penal de González y Robledo tanto por el asesinato de Luna como por el intento de homicidio de Robles, en la localidad de Lastenia.
