Este jueves concluyó, en la Sala 16, el juicio contra Juan Armando Jerez, de 28 años, acusado de homicidio triplemente agravado: por el vínculo con la víctima, por femicidio y por el uso de un arma de fuego. El hecho tuvo lugar el 5 de octubre de 2024, en la noche, dentro de un domicilio del barrio Ampliación Eva Perón de Tafí Viejo, y tuvo como víctima a Camila del Carmen Fernández, de 25 años.
El tribunal, compuesto por las juezas Alejandra Balcázar, Isabel Méndez e Isolina Apas, resolvió de manera unánime hacer lugar al pedido del fiscal de la Unidad Especializada en Homicidios I del Ministerio Fiscal, Pedro Gallo, quien solicitó la condena a prisión perpetua para Jerez. Durante todo el juicio, Gallo contó con el acompañamiento de la investigadora Sofía Medina.
Previo a la resolución final, se escucharon las últimas palabras del acusado, quien manifestó: “Más que nada quiero pedir perdón a toda su familia por lo ocurrido. Estoy arrepentido y no fue mi intención hacerle daño, menos a la familia. Fue un accidente y quiero aclarar que cuando me buscaba la policía no me escapé”, en referencia a los dos días que estuvo evadido. Por su parte, la hermana de la víctima expresó con profunda emoción: “Dejó una familia destrozada y un nene de 10 años. Lo único que quiero es que se haga Justicia y que haya una condena ejemplar para el país y para nuestra provincia. Le quitaron la vida de una manera injusta. Era una excelente mujer, mamá e hija”.
El tribunal consideró que existió “una conducta intencional y direccionada a causar la muerte” y, mientras la sentencia quede firme, se dictó la prórroga de la prisión preventiva por seis meses.
El fiscal Gallo destacó que “la teoría del caso sostenida se encuentra totalmente acreditada y amerita el dictado de una condena. Toda la secuencia ha sido reconocida por el imputado al declarar en este debate. Jerez causó la muerte de Camila disparándole con un arma de fuego. La violencia de género es relevante en este caso y ha quedado más que acreditada. Existía una relación asimétrica de poder y de control por parte de Jerez hacia Camila. Es en ese contexto que le provoca la muerte”.
Durante la investigación, se realizaron diversas pericias por expertos del Equipo Científico de Investigaciones Fiscales (ECIF) del MPF, que determinaron que el revólver calibre 38 funcionaba normalmente y que el disparo se efectuó a corta distancia, aproximadamente 10 centímetros.
El hecho ocurrió el 5 de octubre de 2024, alrededor de las 20:15 horas. Juan Armando Jerez estaba en su domicilio del barrio Ampliación Eva Perón, en un pasillo que se ingresa por pasaje Las Rosas s/n, entre calles Thames y Roca, en Tafí Viejo, junto a su pareja Camila del Carmen Fernández.
Según la acusación, Jerez, aprovechando la relación desigual de poder y el sometimiento de la víctima, con la intención clara de provocarle la muerte, le efectuó un disparo con el arma que poseía. El proyectil impactó en la región frontal derecha del rostro de Camila, por fuera de la cola de la ceja derecha, causándole un traumatismo encéfalo craneano que resultó fatal. Tras el ataque, Jerez huyó del lugar con rumbo desconocido.
Este fallo histórico sella la condena por femicidio y homicidio triplemente agravado, subrayando la violencia de género y la intención deliberada de quitarle la vida a la joven víctima.
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