La Dirección de Comercio Interior (DCI) resolvió aplicar una sanción económica de $2.500.000 a un showroom ubicado sobre avenida Alem al 100, luego de verificar durante una inspección que el local exhibía un cartel donde advertía a los clientes que los pagos con tarjeta de débito tenían un recargo adicional. Para el organismo, esa modalidad constituye una conducta ilegal, abusiva y sin sustento normativo alguno.
El titular del área, Canto, explicó que resulta improcedente que un comercio sume costos extra a operaciones realizadas mediante transferencias bancarias, códigos QR o tarjetas de débito, ya que ninguna de estas modalidades permite legalmente cargar un plus al usuario. En sus palabras, imponer este tipo de recargos “es tan ilógico como pretender cobrar por utilizar un probador, por prender una luz del local o por el aroma ambiental”. Según remarcó, todos esos gastos pertenecen al comerciante y bajo ningún punto de vista pueden trasladarse a quienes compran. Además, recordó que los sistemas de cobro electrónico son herramientas contratadas por los propios negocios para facilitar transacciones y ampliar opciones de pago, por lo que forman parte del funcionamiento habitual del establecimiento.
También subrayó que la carga impositiva es igual para cualquier venta, incluso cuando se abona en efectivo, por lo que no existe relación entre los impuestos y la elección del medio de pago. “Los tributos se aplican siempre, sin importar cómo pague el cliente”, puntualizó.
Canto remarcó que los costos reales de los servicios electrónicos son reducidos y están regulados por la Ley 25.065, muy lejos de los recargos del 10% o 20% que algunos comercios buscan imponer de manera indebida. Para ejemplificar, detalló las comisiones vigentes en el mercado:
- Transferencias y billeteras virtuales: en numerosas plataformas no tienen ningún costo; en otras, los cargos son mínimos y dependen del proveedor.
- Débito: la comisión autorizada se ubica entre 0,8% y 1%.
- Crédito en un pago: la comisión ronda un máximo del 2%.
El funcionario insistió en que estas tarifas forman parte del giro comercial y deben absorberse dentro del precio final, que siempre debe coincidir con el valor ofrecido por pago en efectivo. También recordó que impuestos como el IVA (21%) y Ingresos Brutos (5%) se aplican a todas las operaciones sin excepción, lo que impide justificar cualquier incremento vinculado al método elegido por el consumidor.
Para finalizar, la DCI informó que quienes necesiten realizar denuncias, consultas o trámites pueden dirigirse a sus sedes: 9 de Julio 497 en San Miguel de Tucumán, o bien a la oficina ubicada en San Martín y Avellaneda, en Concepción.
