Abuso sexual simple reiterado

En el marco del “Expte. 53942/2014” la Dra. Wendy Adela Kassar como Jueza Unipersonal de la Sala Penal Conclusional Nº1, condenó a un imputado –cuyos datos personales se reservan por haber resultado víctima una persona menor de edad– a la pena de un año y seis meses de prisión de ejecución condicional por considerarlo autor voluntario y responsable del delito abuso sexual simple reiterado (delito penado por los arta. 119 primer párrafo y 55 del Código Penal).

Los hechos por lo que se condenó al acusado ocurrieron los días 4 y 5 de diciembre del año 2014 en la localidad de El Chañar, Departamento Burruyacú. La causa se resolvió mediante el procedimiento de juicio abreviado, ya que el condenado reconoció su autoría en los hechos.

En la audiencia celebrada participaron la madre de la víctima y la Defensoría de la Niñez, Adolescencia y Capacidad Restringida de la Iª nominación. La magistrada interviniente puso en conocimiento de la madre la modalidad del juicio abreviado y el acuerdo propuesto por las partes, explicando el alcance del trámite y de la condena. La Vocal resaltó la importancia del camino recorrido por la denunciante y señaló que estas malas prácticas, tolerada en la mayoría de las veces, son un delito y deben condenarse.

Se ordenó imponer al condenado una restricción de acercamiento a la víctima y su domicilio a una distancia inferior a 100 metros y la realización de tratamiento psicológico por parte del acusado por el plazo de seis meses o hasta tanto el profesional interviniente lo considere oportuno.

Por último, dispuso también que el Estado Provincial, a través del Ministerio de Salud, arbitre los medios para brindar en forma inmediata asistencia psicológica gratuita a la víctima.

Abuso sexual con acceso carnal

En el marco del “Expte. 14564/2020” la Cámara Penal Conclusional Sala 1, integrada por la Dra. Wendy Adela Kassar como Jueza Unipersonal, condenó a un imputado –cuyos datos personales se reservan por haber resultado víctima una persona menor de edad– a la pena de ocho (8) años de prisión por considerarlo autor responsable y voluntario del delito de abuso sexual con acceso carnal.

El hecho por el que se condenó al acusado ocurrió el 29 de febrero del año 2020, en la localidad de Banda del Rio Salí.

La magistrada interviniente dispuso librar las comunicaciones pertinentes a la Oficina de Violencia Doméstica (OVD) de la Corte Suprema de Justicia a fin que tome intervención con respecto a la víctima, arbitrando los medios para que esta reciba la asistencia necesaria.

Asimismo, prorrogó la prisión preventiva sobre el imputado por el plazo de seis meses o hasta tanto la sentencia quede firme.

 La lectura de los fundamentos será el próximo 29 de marzo del corriente año a las 12:00 hs.

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Por Tucumán en las REDES

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