En un proceso de divorcio tramitado en el Juzgado de Familia y Sucesiones de la IVª Nominación del Centro Judicial Concepción, la Dra. Viviana Donaire estableció una serie de medidas para poner fin a la situación de violencia psicológica que sufría una mujer. Esta resolución incorpora la perspectiva de género al ponderar que todos los tipos de violencia contra la mujer deben ser atendidos, ya que generan una desigualdad que afecta a quienes la sufren. En la sentencia, la magistrada ordenó una medida de protección de persona a favor de la señora, con lo que le permitió volver a disponer libremente de su dormitorio. Además, dispuso que el hombre reciba capacitación en materia de género y le dio un mensaje de aliento a la mujer para que pueda reconstruir su vida.

Se trata de un divorcio donde la pareja aún compartía la misma casa, reconocida por ambos como parte de los bienes propios del hombre. En el marco de esa convivencia, el cónyuge restringió los espacios de circulación de esta mujer que, durante ese tiempo, se enfrentó a distintas situaciones a las que la jueza consideró de gravedad por resultar denigrantes: por ejemplo, la mujer no podía acceder a su ropa ni ingresar libremente al dormitorio. “La humillación que revela este tipo de actitudes, donde el hombre toma posesión de su casa (…) y somete a su compañera de tantos años a esta situación es humillante y constituye, a mi criterio, una forma de violencia psicológica”, expresó la magistrada, y agregó: “los cónyuges pueden divorciarse, puede haber finalizado un proyecto de vida en común, concluir la comunidad de bienes, pero nunca hacer de la violencia, en ninguno de sus tipos, un medio para dañar al otro”. 

Ante esta situación, la señora solicitó una medida cautelar de protección de persona dentro del hogar y reintegro al dormitorio que debió resolverse durante la tramitación del divorcio. En ese sentido, previamente la Dra. Donaire prohibió cualquier manifestación de violencia hacia la actora en un esfuerzo para garantizar su seguridad. 

Al realizarse la audiencia, ambas partes expusieron sus posturas. Si bien la mujer manifestó nunca haber sufrido violencia física por parte de quien era su marido, expresó cuáles eran las condiciones en las que se encontraba viviendo y los aportes que había hecho a ese hogar. Tras escucharla, la titular del juzgado le explicó que el divorcio “no es algo que se pueda detener” y, dirigiéndose al hombre, le expresó que la familia es una colaboración conjunta y que no se puede negar los aportes que la señora hizo en este proyecto de vida. Asimismo, remarcó el espíritu de trabajo de las mujeres y puso énfasis en explicarle a ella que deberá resolver las cuestiones patrimoniales en otras instancias judiciales. Sin embargo, le dio un plazo para que buscara un nuevo espacio, en el que pudiera comenzar su proceso de reconstrucción.

Tal como lo dice la sentencia: “sin perjuicio de las recompensas, que podrán corresponderle a la señora, la situación de vulnerabilidad en la que se encuentra por los hechos relatados y ante la necesidad de resguardarla en su dignidad de mujer, quien merece respeto, lo cual implica concederle un tiempo determinado y razonable, a fin de que pueda restablecerse y encontrar un lugar donde residir”.  Además, alentó a la mujer: “usted siéntase fuerte como persona, habrá cosas que perdió pero siéntase orgullosa que usted puede. A eso puede llamarse reconstrucción. Volver a comenzar de a poco”. Y agregó: “la reorganización de su vida, luego de producido el divorcio tendrá, sin duda, dificultades, implicará tal vez, otros procesos judiciales pero la capacitación y su trabajo como docente, le permitirán no sólo reorganizar su vida, sino revalorizarse como persona y como mujer”.

Por otra parte, también le ordenó al hombre a recibir un curso de capacitación y concientización en perspectiva de género llevado adelante por el Observatorio de la Mujer.

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Por Tucumán en las REDES

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