Carmen Álvarez Rivero, senadora por Córdoba y referente del PRO, volvió a captar la atención nacional luego de convertirse en la única legisladora que votó en contra de la denominada “Ley Nicolás”, aprobada este jueves por la Cámara de Senadores. La norma busca optimizar la atención de los pacientes, mejorar las condiciones laborales del personal de salud y minimizar la ocurrencia de eventos médicos inesperados durante la prestación de servicios sanitarios. La votación en la cámara alta fue contundente: 69 votos a favor frente a un único voto en contra, el de Álvarez Rivero, docente y empresaria ligada a la ministra Patricia Bullrich, conocida por sus posturas críticas y libertarias.

No es la primera vez que la senadora cordobesa genera polémica. Previamente, había afirmado que “No creo que los niños argentinos tengan derecho a venir al Garrahan a ser curados”, comentarios realizados durante el debate sobre la emergencia pediátrica, que luego fue votada en el Congreso y vetada por Javier Milei. Álvarez Rivero argumentó posteriormente que sus declaraciones fueron “malinterpretadas”. Además, ha mostrado una oposición firme a cualquier aumento en jubilaciones y pensiones, intentando bloquear debates en su rol como presidenta de la Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado.

En relación con la “Ley Nicolás”, Álvarez Rivero explicó su posición mediante una publicación en redes sociales titulada “¿Puede ser que sea la única senadora que se da cuenta?”. Allí calificó la norma como “ambigua e intervencionista” y advirtió que podría agravar los problemas existentes en un sistema de salud ya debilitado. Según su visión, es necesario “ordenar el sistema, definir quién se hace cargo de qué y cómo se financia”, recordando que “hoy la mitad de la Argentina no tiene cloacas, ni agua potable, y en muchas escuelas falta hasta jabón”, por lo que, según la senadora, no se deberían agregar “parches” sin solucionar los problemas estructurales.

Álvarez Rivero también expresó preocupación por la posible “persecución de los profesionales de la salud”, el aumento de la burocracia y los costos administrativos, y la probabilidad de que los médicos adopten una práctica defensiva para protegerse legalmente, en lugar de priorizar la atención de los pacientes. Señaló que algunos conceptos de la ley, como “culpa temeraria inequívoca”, son ambiguos y dejan margen a interpretaciones subjetivas. Además, destacó que la implementación de la norma podría verse dificultada por la desigualdad entre provincias, ya que la salud es competencia provincial y cada jurisdicción tiene reglas distintas.

La “Ley Nicolás”, sancionada por el Senado, contempla la creación de una historia clínica digital encriptada e interoperable, certificaciones obligatorias y periódicas para profesionales y establecimientos de salud, desarrollo de protocolos de actuación y sistemas de auditoría y vigilancia. Define criterios y conceptos clave como seguridad, incidente, evento adverso evitable, evento adverso no evitable, acto temerario y evento centinela. Las instituciones sanitarias, tanto públicas como privadas, deberán establecer protocolos de actuación para prevenir daños evitables y diseñar planes de auditoría y monitoreo de indicadores de seguridad del paciente. Finalmente, la ley establece la creación del Registro Unificado de Eventos Centinela (RUDEC), destinado a registrar todos los eventos centinela y los resultados de sus investigaciones, con el objetivo de perfeccionar los sistemas de trabajo y mejorar las prácticas de atención sanitaria.

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