La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional ha decidido rechazar el recurso presentado por la defensa de José “Mellizo” Orellana, legislador condenado por abuso sexual, lo que deja al político a solo un paso de que la sentencia en su contra quede definitivamente firme. Orellana había sido condenado en primera y segunda instancia a tres años de prisión condicional por un caso de abuso ocurrido en 2016, cuando Agustina Poch, quien trabajaba como asesora de la ex diputada Gabriela Troiano en el Congreso, lo acusó de agredirla sexualmente.

De acuerdo con el relato de Poch, el 11 de noviembre de 2016 ingresó al despacho de Orellana, quien en ese momento era intendente de Famaillá, tras recibir un llamado desde la seguridad del edificio. Una vez allí, el “Mellizo” la tomó de las manos, se acercó a ella y le dijo: «Seguro que nadie te besó así, ¿no?», tras lo cual Poch salió rápidamente de la oficina. Posteriormente, Orellana envió varios mensajes a Poch, instándola a no presentar la denuncia, alegando que podría afectarlo por su familia y su posición. En un mensaje de WhatsApp, Orellana escribió: “Lo único que te pido si es cierto que hay denuncia, que no me perjudiques porque yo tengo familia y en mi cargo complica todo. Gracias de corazón”.

Este caso fue revisado en agosto por la Sala 3° del Tribunal de Casación Criminal y Correccional, integrada por los jueces Alberto Huarte Petit, Mario Magariños y Pablo Jantus, quienes confirmaron la condena por abuso sexual y ratificaron la pena de tres años de prisión en suspenso, además de imponer una inhabilitación perpetua para acceder a cargos públicos. Ante esta resolución, la defensa de Orellana presentó un recurso extraordinario federal argumentando que la sentencia era arbitraria y que vulneraba principios fundamentales de derechos. Sin embargo, el 18 de diciembre, los jueces Huarte Petit, Jantus y Gustavo Bruzzone decidieron rechazar este recurso, manteniendo la condena y la pena impuesta.

La defensa, además de cuestionar los tres años de prisión, también consideró injusta y desproporcionada la inhabilitación perpetua para acceder a cargos públicos, considerándola un ataque a los principios de justicia y equidad en un Estado de Derecho. Por su parte, el fiscal Sandro Abraldes se mantuvo firme en su acusación durante el juicio.

En su resolución, los jueces indicaron que la defensa de Orellana no había refutado los fundamentos que sustentaron la condena original, limitándose a expresar una discrepancia sin aportar argumentos sólidos que demostraran arbitrariedad. En consecuencia, decidieron declarar inadmisible el recurso presentado por la defensa.

Aunque esta decisión no significa que la sentencia sea definitiva, Orellana aún tiene la posibilidad de presentar un recurso de queja ante la Corte Suprema, debido a la negativa en Casación. En cuanto a su situación en la Legislatura, el artículo 58 de la Constitución provincial establece que, en casos de desorden de conducta o inhabilidad moral de un legislador, la Legislatura puede corregir su conducta o incluso excluirlo de su cargo mediante una votación de dos tercios. En este contexto, el futuro político de Orellana dependerá en gran medida de sus pares en la Legislatura, aunque no se descarta que él mismo decida presentar su renuncia a la banca.

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