La jueza nacional del Trabajo, Liliana Rodríguez Fernández, ha declarado la invalidez de seis artículos de la reforma laboral contenida en el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70 del gobierno de Javier Milei, según informa el amparo presentado por la Confederación General del Trabajo (CGT). La CGT había reclamado la inconstitucionalidad de todo el título del decreto, el cual estaba suspendido por medidas cautelares. La decisión de la jueza se produce en el mismo día en que la CGT y otras entidades gremiales, políticas y sociales llevan a cabo un paro nacional en protesta contra esta medida.
La magistrada especificó que la validez formal de los artículos en cuestión dependerá de su ratificación por ambas Cámaras dentro del período de sesiones extraordinarias en curso, indicando que su vigencia cesará automáticamente en caso contrario. Aunque la ley 26.122 que regula los DNU establece que la declaración de validez por una sola de las cámaras es suficiente, la jueza sostuvo que ambas cámaras deben pronunciarse, criticando la técnica legislativa de dicha ley.
Los artículos declarados inválidos son el 73, 79, 86, 87, 88 y 97, los cuales abordaban temas como la retención de la cuota sindical, reglas para la negociación colectiva, la vigencia de cláusulas obligacionales, el derecho a realizar asambleas sin perjudicar las actividades normales de la empresa, entre otros. La jueza fundamentó su decisión argumentando que estos artículos afectaban directamente los intereses y derechos de la CGT, mientras que los demás se relacionan con el ámbito del derecho individual de los trabajadores.
Rodríguez Fernández inició su resolución criticando la judicialización del DNU, opinando que el debate debería llevarse a cabo en el terreno político y legislativo en lugar de los tribunales. También sugirió que el caso debería resolverse después de la feria judicial de enero y mencionó que la Corte Suprema de Justicia trataría las demandas contra el decreto a partir de febrero. A pesar de estas consideraciones, la jueza avanzó en el tratamiento del amparo debido a la habilitación de la feria y las condiciones de resolución de la causa.
El fallo de Rodríguez Fernández se suma a otros dictados en el día de ayer, donde el juez Enrique Lavié Pico rechazó dos amparos presentados contra el DNU. El gobierno nacional tiene la opción de apelar la decisión para que sea revisada por la Cámara Nacional del Trabajo, y al mismo tiempo, la Corte Suprema tiene en sus manos la medida cautelar que suspende la vigencia de todo el DNU. Este panorama destaca las tensiones y el debate en torno a la reforma laboral impulsada por el gobierno de Javier Milei.
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