Este miércoles salieron a la luz dos fallos judiciales firmados por el juez federal Daniel Rafecas, en los que decidió rechazar dos demandas penales impulsadas por el presidente Javier Milei contra los periodistas Carlos Pagni y Ari Lijalad. Ambas denuncias estaban basadas en supuestas calumnias e injurias, figuras penales que, según el magistrado, no se verifican en ninguno de los casos presentados.
Rafecas sostuvo que las declaraciones de los periodistas no constituyen delito alguno y que se encuentran resguardadas bajo el principio de libertad de expresión y libertad de prensa, derechos fundamentales reconocidos por diversos tratados internacionales que tienen jerarquía constitucional en la Argentina.
En lo que respecta al caso de Carlos Pagni, el jefe de Estado lo había acusado de haber comparado a su gestión con el nazismo, específicamente con el régimen de Adolf Hitler. Sin embargo, al analizar el contenido del programa en cuestión, el juez determinó que esa supuesta comparación no existió. Lo que hizo el periodista fue desarrollar un comentario de tipo histórico y político, en el que abordó el contexto en el que Hitler ascendió al poder en Alemania durante los años treinta, sin vincular ese análisis directamente con el gobierno actual de Milei.
Por otra parte, la denuncia contra Ari Lijalad fue evaluada en términos similares. El juez entendió que el periodista no incurrió en calumnias ni lanzó acusaciones injuriosas hacia el Presidente. Como en el caso anterior, también concluyó que sus expresiones estaban amparadas por el derecho a la libre expresión.
Respecto a la causa iniciada contra Pagni, Rafecas aclaró que el reclamo se basaba en la figura penal de calumnias e injurias. No obstante, el magistrado determinó que no existía ninguna imputación concreta ni ataque personal contra Milei que pudiera constituir delito. Más bien, el contenido del análisis realizado por Pagni fue considerado parte del ejercicio legítimo del periodismo, donde se desarrolló una reflexión general sobre la situación democrática actual, sin atribuirle al mandatario conductas delictivas ni intención de deshonrarlo.
En definitiva, el juez subrayó que tanto el tono como el enfoque de las opiniones expresadas por los periodistas se enmarcan dentro del debate político y el derecho a informar y opinar libremente, pilares fundamentales del sistema democrático.
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