La Municipalidad de San Miguel de Tucumán, a través de la Secretaría de Movilidad Urbana, dispuso recientemente una disposición que prohíbe de manera tajante que los choferes de colectivos hagan uso de música mientras se encuentren prestando servicio. La resolución se fundamenta en la ordenanza municipal vigente que regula tanto las condiciones bajo las cuales debe desarrollarse la prestación del transporte público como las conductas que se consideran faltas administrativas.
Este nuevo esquema regulatorio abrió un debate entre distintos actores del sistema de transporte. Por un lado, existen empresarios y conductores que defienden la costumbre de escuchar música en las unidades, práctica que —según argumentan— ayuda a sobrellevar las largas jornadas laborales y a disminuir los niveles de estrés durante los recorridos diarios. Sin embargo, desde el punto de vista de los usuarios y de las autoridades municipales, el objetivo central de la medida es preservar la seguridad vial, favorecer la concentración plena de los choferes en el tránsito y garantizar que los pasajeros cuenten con un entorno más agradable y neutral durante los viajes.
En cuanto a las sanciones, la normativa aplicable, específicamente la ordenanza 400 en sus artículos 46 y 51, establece un régimen de multas que se calculan en función del valor de los boletos del transporte público. Dichas multas pueden variar en un rango que va desde 2.000 hasta 100.000 boletos, de acuerdo con la gravedad de la infracción cometida. Esto significa que las penalidades pueden representar un impacto económico considerable tanto para la empresa prestataria del servicio como para el titular de la licencia o responsable legal de la unidad involucrada.
Desde una perspectiva jurídica y administrativa, la disposición se enmarca en una política más amplia de regulación de aquellas prácticas que, directa o indirectamente, inciden en la seguridad vial y en la convivencia ciudadana dentro del espacio público. Normas de similares características se han aplicado en distintas ciudades del país y suelen estar justificadas por la necesidad de reducir factores de distracción que puedan afectar la conducción, además de procurar una experiencia homogénea para los pasajeros y mantener el orden en el ámbito del transporte colectivo.
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