El Poder Judicial de Tucumán ha decidido unirse al Sistema de Retiro Voluntario Programado, conforme a lo estipulado por la Ley N°9.764, tal como se publicó en el Boletín Oficial el 30 de abril de 2024. Esta medida ofrece a los empleados del Poder Judicial la opción de retirarse de manera voluntaria bajo ciertas condiciones establecidas por la ley.
De acuerdo con la Ley N°9.764, los empleados de la Administración Pública Provincial interesados en acogerse al retiro voluntario deben presentar una solicitud a la autoridad correspondiente en su lugar de trabajo. Esta solicitud debe ser resuelta en un máximo de treinta días, con la condición de que las decisiones finales queden a la espera de la aprobación de la Autoridad de Aplicación. Es importante mencionar que las solicitudes de aquellos empleados que desempeñan funciones esenciales, según la normativa, no serán aceptadas.
El artículo 13 de la ley otorga a las autoridades de los distintos Poderes Judicial y Legislativo, el Tribunal de Cuentas, la Defensoría del Pueblo, el Ministerio Público Fiscal, el Ministerio Pupilar y de la Defensa, así como a las Municipalidades, la capacidad de adaptar el sistema de retiro voluntario según los regímenes específicos que les correspondan.
Sin embargo, el sistema de retiro voluntario no está disponible para todos los empleados. Quedan excluidos aquellos en licencia sin goce de sueldo o con afecciones de larga duración, personal que se encuentra bajo proceso penal o sumario administrativo que podría resultar en su cesantía, personal de planta no permanente, entre otros casos específicos mencionados en la normativa.
La Corte Suprema de Justicia de Tucumán será responsable de evaluar y decidir sobre cada solicitud de retiro voluntario, considerando las razones de servicio correspondientes. Las decisiones serán publicadas en la página web del Poder Judicial para asegurar transparencia y acceso a la información para todos los interesados.
