La administración gubernamental tiene la intención de llevar a cabo el ajuste trimestral que corresponde a todos los jubilados en marzo, respetando la actual fórmula establecida. No obstante, a partir de abril, se implementará una actualización automática mensual basada en la inflación, utilizando el último dato disponible del INDEC, según el texto corregido de la ley omnibus en lo que respecta a los haberes jubilatorios.
Las jubilaciones fueron uno de los puntos más debatidos en el Congreso durante las sesiones extraordinarias en torno a la ley omnibus. Finalmente, el lunes 22 de enero, se dieron a conocer algunos cambios significativos que el Gobierno introdujo en el proyecto, logrando avanzar en su tratamiento después de intensas negociaciones. El presidente Javier Milei anticipó que el proyecto avanzaría en el recinto el próximo jueves 24 de enero.
Milei afirmó recientemente en una entrevista con Rock & Pop que, con las modificaciones realizadas, el Gobierno no ha cedido en nada en la discusión legislativa, sino que los cambios representan mejoras. Destacó que el debate impulsado por el oficialismo siempre tiene en cuenta el equilibrio fiscal.
En relación con las jubilaciones y la actualización mensual a partir de abril, el nuevo proyecto establece que a partir de abril de 2024, el índice de movilidad se calculará mensualmente según el último dato de inflación mensual disponible al inicio de cada ciclo de pago. La inflación se definirá como la variación mensual del Índice de Precios al Consumidor Nacional publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos.
Es importante señalar que hasta marzo del año en curso se mantendrá el ajuste trimestral según la fórmula de movilidad vigente. Con este cambio introducido por el Poder Ejecutivo, se garantiza a los jubilados que conserven su poder adquisitivo.
El nuevo índice de actualización de las jubilaciones, según el texto, se calculará mensualmente y estará basado en la variación mensual del Índice de Precios al Consumidor. Se asegura que en ningún caso la aplicación de este índice resultará en una disminución de los ingresos percibidos por el beneficiario.
En caso de aprobarse la ley omnibus, la primera actualización de los haberes jubilatorios bajo el nuevo sistema de movilidad se llevará a cabo a partir del 1° de abril de 2024.
Además, el proyecto introduce cambios significativos, como la eliminación de las jubilaciones de privilegio para el Presidente y el Vicepresidente, poniendo fin a un beneficio donde accedían a jubilaciones millonarias y vitalicias. Según la nueva normativa, al Presidente y Vicepresidente de la Nación que finalicen su mandato se les aplicarán las disposiciones de la Ley 24.241 del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones.
También se realizan modificaciones en la ley 24.018, afectando a los Jueces de la Corte Suprema de la Nación, quienes quedan incluidos en el régimen de asignaciones mensuales vitalicias al cesar en sus funciones. Se establece que, a partir de la promulgación de esta ley, ciudadanos que cumplan con ciertos requisitos comenzarán a percibir una asignación mensual, móvil, vitalicia e inembargable.