La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha anunciado que el próximo viernes dará a conocer las opciones de inversión para los dólares declarados bajo el Régimen de Blanqueo de Capitales.
Este régimen está previsto en la Ley 27.743, denominada «Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes». Según la Resolución General Nº 5528 publicada en el Boletín Oficial, el dinero no declarado que se ingrese al sistema financiero deberá permanecer hasta el 31 de diciembre de 2025 o ser invertido en destinos autorizados.
La normativa también permite que las personas que hayan perdido su residencia fiscal antes del 31 de diciembre de 2023 puedan recuperarla a partir del 1° de enero de 2024. Los contribuyentes tendrán hasta el 30 de abril de 2025 para manifestar su adhesión y efectuar el pago adelantado obligatorio. Además, se establece que el tipo de cambio para calcular la base imponible será de 1.000 pesos por dólar estadounidense.
Este anuncio es parte de las acciones del gobierno para regularizar fondos no declarados y fomentar la inversión dentro de un marco legal y fiscalmente controlado.
