De acuerdo con el decreto 652, los propietarios podrán descontar un 10% del monto anual declarado en el Impuesto a las Ganancias si alquilan su vivienda. Esta medida también se extiende a los trabajadores, quienes pueden sumar esta deducción a un beneficio existente del 40% que ya aplican los inquilinos en relación de dependencia.
Entre las deducciones permitidas para reducir el Impuesto a las Ganancias se incluyen gastos por cónyuge, hijos, alquileres, créditos hipotecarios, personal de casas particulares, medicina prepaga y educación escolar.
El nuevo decreto especifica cómo se aplicará la deducción en el caso de que una vivienda tenga varios locatarios y establece que el importe deducible no podrá exceder el 10% del total de las sumas pagadas por el alquiler. Este descuento se aplicará siempre que los contratos de alquiler estén registrados como lo requiere la normativa fiscal.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) también ha indicado que, al alquilar un inmueble para vivienda, es posible deducir el 10% del monto mensual del alquiler sin límite anual. Además, esta deducción es aplicable incluso si se opta por declarar los ingresos por alquiler bajo el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes. Para hacer uso de esta deducción, es necesario que el monto de los alquileres recibidos esté debidamente documentado mediante facturas o documentos equivalentes.
